SEGUNDA SECCION

SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA

REGLAS de Operación e indicadores del Programa de Mejoramiento del Profesorado (PROMEP).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

REGLAS DE OPERACION E INDICADORES DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DEL PROFESORADO.

Conforme a lo dispuesto por los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. de la Ley General de Educación; 23 y 26 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior; artículo 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 52, 53 fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII y IX, 54, 55 fracciones I, III y IV, 56 fracción I, 65, 66, 67 fracciones I, II, V, VII, VIII, octavo, noveno transitorios y anexo 15 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004, y

CONSIDERANDO

-        Que en el marco del objetivo estratégico de “Educación de Buena Calidad”, el Programa Nacional de Educación 2001-2006 establece que el Gobierno Federal:

·      Promoverá una educación superior de buena calidad que forme profesionistas, especialistas, científicos, humanistas, tecnólogos y profesores capaces de aplicar, innovar y transmitir conocimientos actuales, académicamente pertinentes y socialmente relevantes en las distintas áreas y disciplinas;

·      Impulsará la consolidación y el desarrollo de las instituciones públicas de educación superior;

·      Propiciará la ampliación y el fortalecimiento de los Cuerpos Académicos en las Dependencias de Educación Superior (DES) para incrementar la capacidad institucional de generar y aplicar conocimiento, y así poder responder con mayor oportunidad y niveles crecientes de calidad a las exigencias del desarrollo nacional.

-        Que una línea de acción del objetivo estratégico anterior consiste en impulsar la formulación de Programas Integrales de Fortalecimiento Institucional (PIFI) en las Instituciones de Educación Superior (IES) públicas, mismos que tienen como objetivo la mejora continua de la calidad de los programas educativos que ofrecen la generación o aplicación innovadora del conocimiento que producen y de los procesos más importantes de gestión académico-administrativa;

-        Que 41 universidades públicas formularon en 2001 la primera versión del PIFI. En él establecen su misión, objetivos, estrategias y metas con un horizonte a 2006 para la mejora y consolidación de los servicios educativos que ofrece la institución y en un proceso de mejora continua han actualizado sus PIFI 2.0 y 3.0 correspondientes a los años 2002 y 2003, respectivamente;

-        Que en el proceso de formulación y actualización del PIFI, la definición y establecimiento de estrategias para mejorar el nivel de habilitación del profesorado de carrera y el desarrollo y consolidación de cuerpos académicos ha requerido de atención especial por parte de las instituciones para incidir de manera eficaz en la mejora de la calidad de los programas educativos y servicios que ofrecen;

-        Que el principal problema para garantizar la calidad de la educación superior es la insuficiente habilitación de su profesorado y un número pequeño de Cuerpos Académicos Consolidados.

·      El programa inició su operación a finales de 1996 y hasta el 31 de diciembre de 2003 ha otorgado 4,603 becas (3,139 nacionales y 1,464 para el extranjero) a profesores de carrera de las universidades públicas (el 36% mujeres y el 64% hombres) para la realización de estudios de programas de posgrado de alta calidad, de los cuales se han graduado 1,830 (845 en doctorado, 963 en maestría y 22 en especialidad). El 38% son mujeres y el resto hombres. Tomando en consideración los profesores que aún continúan estudiando (38% mujeres y 62% hombres) y aquellos que se encuentran en la realización de sus tesis de posgrado, la eficiencia terminal del Programa es del 66%. Del total de ex becarios PROMEP graduados (1,830), de los 845 que alcanzaron el grado de doctor el 26% se encuentran ya en el Sistema Nacional de Investigadores (219).

·      En el marco de este mismo Programa, y con el propósito de coadyuvar a fortalecer los Cuerpos Académicos de las DES, se han otorgado en ese periodo: 7,679 nuevas plazas a las universidades públicas para la contratación a tiempo completo de profesores con estudios de maestría y preferentemente doctorado. Con estas dos acciones, el Programa ha logrado que el número de profesores de tiempo completo se haya incrementado de 14,270 en 1996 a 23,054 en 2003; el número de doctores creció de 1,242 a 4,256 en este mismo periodo, el número de profesores con grado de maestría pasó de 3,853 a 10,730. Otro dato importante que da cuenta del impacto del Programa es que en 1996 el número de profesores de tiempo completo que pertenecían al Sistema Nacional de Investigadores de las IES públicas era de 853 y para el año 2003 ya es de 2,265.

·      El Programa ha otorgado 11,990 reconocimientos a profesores que cumplen con eficacia y equilibradamente con las funciones académicas de un profesor de tiempo completo, es decir, atienden a la labor de generación o aplicación innovadora del conocimiento, ejercen la docencia y participan en actividades de tutorías y gestión académica; también se han otorgado 2,005 apoyos económicos a través de becas a la permanencia a 1,563 nuevos profesores de tiempo completo y a 442 ex becarios PROMEP.

·      Por lo que toca a Cuerpos Académicos (CA), para 2002 se tenían registrados 2,359 que en 2003 pasaron a 2,971, de ellos el 91% fueron dictaminados por PROMEP como Cuerpos Académicos en Formación (CAEF), el 7% en consolidación (CAEC) y el 2% como consolidados (CAC). Del total de profesores de tiempo completo registrados en PROMEP el 73% se encuentra adscrito a algún cuerpo académico.

-        Que el Programa de Mejoramiento del Profesorado (PROMEP) es un medio estratégico para impulsar el desarrollo y consolidación de los Cuerpos Académicos de las IES públicas del país;

-        Que los recursos que conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2004 se asignen a las IES públicas se determinarán atendiendo a las prioridades nacionales y a la participación de las instituciones en el desarrollo del sistema de educación superior y considerando la planeación institucional y los programas de superación académica;

-        Que por todo lo anterior es de interés de la Secretaría de Educación Pública (SEP) continuar apoyando a las IES públicas en la mejora del nivel de habilitación del profesorado de carrera y consolidación de cuerpos académicos, como un medio estratégico para la mejora continua de la educación superior del país.

En virtud de lo anterior, se ha tenido a bien expedir el siguiente:

DOCUMENTO QUE ESTABLECE LAS REGLAS DE OPERACION E INDICADORES DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DEL PROFESORADO

INDICE

1. Introducción

1.1. Glosario de términos y definiciones

2. Objetivos

2.1.    General

2.2.    Específico

3. Lineamientos

3.1. Cobertura

3.2. Población objetivo

3.3. Beneficiarios

3.3.1. Requisitos

3.3.2. Procedimiento de selección

3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

3.5. Derechos, obligaciones y sanciones

3.6. Participantes

3.6.1. Ejecutora

3.6.2. Instancia normativa

3.7. Coordinación institucional

4. Operación

4.1. Proceso

4.2. Ejecución

4.2.1. Avances físico-financieros

4.2.2. Acta de entrega-recepción

4.2.3. Cierre de ejercicio

5. Auditoría, control y seguimiento

6. Evaluación

6.1. Interna

6.2. Externa

7. Transparencia

8. Quejas y denuncias

TRANSITORIO

 

1. Introducción

El Programa Nacional de Educación 2001-2006 establece como uno de sus tres objetivos estratégicos: “La educación superior de buena calidad” y como objetivo particular: “Fortalecer a las instituciones públicas de educación superior para que respondan con oportunidad y niveles crecientes de calidad a las demandas del desarrollo nacional”. Una de las líneas de acción para alcanzar este objetivo consiste en fomentar que las IES públicas formulen los Programas de Fortalecimiento de sus Dependencias de Educación Superior en el marco de sus PIFI considerando, entre otros aspectos, la superación académica del profesorado y el desarrollo y consolidación de sus Cuerpos Académicos en las DES.

El PROMEP fue creado con el propósito de impulsar la superación sustancial en la formación, dedicación y desempeño de los Cuerpos Académicos de las universidades y como un medio estratégico para elevar la calidad de la educación superior, vocación que se refuerza en el marco del PIFI y está dirigido a todos los profesores de tiempo completo, preferentemente, adscritos a cada una de las IES participantes en el programa.

En el año 2003 se invirtieron en este Programa 401.4 millones de pesos para mejorar el perfil académico y la habilitación de los profesores, así como para el desarrollo, fortalecimiento y consolidación de los Cuerpos Académicos de las DES de las IES adscritas al PROMEP y para el 2004 se destinará la misma cantidad (401.4 millones de pesos).

1.1. Glosario de términos y definiciones

1.      Asesoría académica. Consultas que brinda un profesor (llamado para este fin asesor), fuera de lo que se considera su tiempo docente, para resolver dudas o preguntas a un alumno o grupo de alumnos, sobre temas específicos que domina.

          La asesoría suele ser poco estructurada, es decir, tiene lugar a solicitud del estudiante cuando éste la considera necesaria. La tarea del asesor consiste básicamente en que el estudiante o el grupo de estudiantes logren aprendizajes significativos a partir de una serie de estrategias que el asesor aplica, tales como la reafirmación temática, la resolución de dudas, la realización de ejercicios, la aplicación de casos prácticos, los intercambios de experiencias, la exposición y la sistematización del conocimiento.

2.      Beca aprobada. Es la autorización y liberación oficial de los recursos correspondientes para una beca PROMEP por parte de la Subsecretaría de Educación Superior e Investigación Científica (SESIC) para el uso de los mismos por la IES de adscripción del profesor, a través de una Carta de Liberación de recursos.

3.      Beca no aprobada. Negación oficial del PROMEP de cualquier solicitud de beca que no cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento de Becas del PROMEP.

4.      Becas para redacción de tesis de doctorado y de maestría. Son becas para redactar la tesis respectiva y obtener el grado respectivo, para profesores que hayan cubierto todos los cursos y créditos establecidos en el posgrado.

5.      Cuerpo académico (CA). Grupo de profesores de tiempo completo que comparten una o varias líneas de generación o aplicación innovadora del conocimiento (LGAC) (investigación o estudio) en temas disciplinares o multidisciplinares y un conjunto de objetivos y metas académicas. Adicionalmente sus integrantes atienden los Programas Educativos (PE) en varios niveles para el cumplimiento cabal de las funciones institucionales.

6.      Cuerpo Académico Consolidado (CAC). Sus integrantes tienen la máxima habilitación académica que los capacita para generar o aplicar innovadoramente el conocimiento de manera independiente, cuentan con amplia experiencia en docencia y en formación de recursos humanos. Asimismo, la casi totalidad cuenta con el reconocimiento de perfil deseable, tienen un alto compromiso con la institución, colaboran entre sí y su producción es evidencia de ello. Además, demuestran una intensa actividad académica manifiesta en congresos, seminarios, mesas y talleres de trabajo, etc. de manera regular y frecuente, con una intensa vida colegiada, y sostienen una intensa participación en redes de intercambio académico, con sus pares en el país y en el extranjero, así como con organismos e instituciones nacionales y del extranjero.

7.      Cuerpo Académico en Consolidación (CAEC). Más de la mitad de sus integrantes tiene la máxima habilitación y cuentan con productos de generación o aplicación innovadora del conocimiento; una mayoría de ellos tiene reconocimiento del perfil deseable; participan conjuntamente en líneas de generación o aplicación innovadora del conocimiento bien definidas; por lo menos la tercera parte de quienes lo integran cuenta con amplia experiencia en docencia y en formación de recursos humanos; y colaboran con otros Cuerpos Académicos.

8.      Cuerpo Académico en Formación (CAEF). Tienen identificados a sus integrantes, de los cuales al menos la mitad tiene el reconocimiento del perfil deseable. Tienen definidas las líneas de generación o aplicación del conocimiento e identificados algunos cuerpos académicos afines, y de alto nivel, de otras instituciones del país o del extranjero con quienes desean establecer contactos.

9.      Dependencia(s) de Educación Superior (DES). Conjunto de departamentos, escuelas, facultades y/o unidades académicas de una IES con afinidad temática o disciplinaria, que se asocian para el óptimo uso de recursos humanos y materiales. Puede o no corresponder a una dependencia orgánica de la IES.

10.    Asesor de tesis. Profesor de la institución receptora que dirige o asesora el trabajo de tesis de un profesor becario PROMEP.

11.    Docencia. Actividad de los profesores concentrada en el aprendizaje de los alumnos que implica su presencia ante los grupos en clases teóricas, prácticas, clínicas, talleres y laboratorios, que forman parte de algún programa educativo de la institución que tiene relación directa con algún tema de la especialidad o disciplina del docente.

12.    Dirección individualizada. Es la orientación y apoyo metodológico que propone un profesor al alumno para llevar a cabo su trabajo de tesis. En esta tarea es importante que el alumno no se sienta solo y sepa que el profesor conoce y tiene un cierto dominio de los problemas teóricos más importantes de la disciplina; o maneja un marco teórico suficientemente amplio que le permite orientarlo en el tema de tesis elegido, como también referirlo con quien domina determinados temas en específico, cuando esto sea necesario. La dinámica de la tarea de dirección individualizada consiste en que el estudiante se responsabiliza junto con el profesor, del desarrollo de una serie de actividades académicas en el marco de un proyecto de investigación en el que ambos tienen un interés común.

13.    Doctorados y maestrías convencionales. Son aquellos que requieren la residencia del estudiante de tiempo completo en la institución que ofrece el grado, durante el periodo de los estudios.

14.    Especialidades médicas con orientación clínica en el área de salud. Son las reconocidas por la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos en Salud (CIFRHS), las que para propósitos de enseñanza superior son consideradas como equivalentes a la maestría.

15.    Especialidades técnicas. Las especialidades técnicas en electromecánica industrial, agroindustrial alimentaria, tecnología de la informática, química, tecnología ambiental, procesos ambientales y económico administrativas, reconocidas como tales y cuyo programa educativo haya sido evaluado favorablemente por los Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior (CIEES) y con nivel 1.

16.    Fideicomiso PROMEP. Figura jurídica mercantil constituida por cada una de las IES adscritas al PROMEP con una institución de crédito legalmente autorizada, con el fin de administrar los recursos aportados a cada IES por el Gobierno Federal, para cada uno de los apoyos establecidos por el programa.

17.    Generación o aplicación innovadora del conocimiento (GAC). Actividad de los profesores de tiempo completo que consiste en el desarrollo y aplicación de conocimientos nuevos o relevantes en un campo o disciplina. La investigación es el método más común, pero no el único para llevar a cabo las actividades de GAC.

          Las actividades de GAC comprenden:

a)    Realización directa de proyectos de investigación o de aplicación innovadora del conocimiento; planificación de los proyectos, preparación, redacción y publicación de los informes y artículos consecuentes.

b)    Realización directa de proyectos de síntesis del conocimiento, redacción y publicación de los libros y artículos resultantes.

c)    Realización directa de proyectos de creación artística; planificación de los proyectos; preparación, redacción, publicación o montaje de las publicaciones, exposiciones o presentaciones consecuentes.

d)    Realización directa de proyectos de aplicación convencional o rutinaria del conocimiento.

e)    Otras tareas relacionadas con la GAC: impartición de conferencias y seminarios sobre los proyectos de GAC o sus temas; participación activa en reuniones científicas, artísticas, técnicas o con usuarios de las aplicaciones.

18.    Gestión académica. Son las acciones que realizan las organizaciones colegiadas en función del conocimiento. En la conducción y operación de una institución los profesores de tiempo completo tienen un papel central, ellos mismos son profesionales para generar y aplicar los conocimientos. Son ellos quienes cuentan con la información necesaria para establecer las características propias que definen a la institución. La gestión académica es la función que define el rumbo de la IES a partir de la implantación y operación de las decisiones académicas. Puede ser individual o colectiva y comprende la participación en:

a)    Cuerpos colegiados formales (colegios, consejos, comisiones dictaminadoras, etc.).

b)    En comisiones para el diseño, la evaluación y operación de programas educativos y planes de estudio.

c)    En comisiones para la evaluación de proyectos de investigación, vinculación o difusión.

d)    Dirección, coordinación y supervisión de programas educativos, de investigación, de vinculación o difusión.

19.    Grado mínimo. Es el equivalente a la maestría o en el caso del área de la salud aquellas especialidades médicas con orientación clínica reconocidas por la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos en Salud (CIFRHS), las que para propósitos de enseñanza superior son consideradas por la SEP. Para el caso de las Universidades Tecnológicas será el nivel de licenciatura.

20.    Grado preferente. Es el equivalente al doctorado en todas las áreas y disciplinas. En el caso de las Universidades Tecnológicas será el grado de maestría.

21.    IES adscrita al PROMEP. Institución de educación superior que tiene Convenio de Cooperación Académica firmado con la SESIC en el marco del PROMEP.

22.    IES de adscripción. Institución donde el profesor de tiempo completo presta sus servicios.

23.    Línea(s) de generación o aplicación innovadora del conocimiento (LGAC). Serie coherente de proyectos, actividades o estudios con un conjunto de objetivos y metas de carácter académico, en temas disciplinares o multidisciplinares. Es muy frecuente que la generación de conocimiento, en todos los campos, lleve al desarrollo de aplicaciones de tipo innovador en beneficio de la sociedad.

24.    Perfil deseable. Se refiere al nivel de habilitación que posee un profesor universitario de tiempo completo y a las funciones que con tal nombramiento realiza de manera equilibrada (docencia, generación o aplicación innovadora del conocimiento, gestión académica y tutorías).

25.    PIFI. Programa(s) Integral(es) de Fortalecimiento Institucional.

26.    Padrón Nacional de Posgrado SEP-CONACYT (PNP). Registro oficial que hace la SEP y el CONACYT de programas de posgrado de alta calidad impartidos por instituciones nacionales, mediante la evaluación de Comités de pares académicos.

27.    PRODES. Programa de Fortalecimiento de la DES en el marco del PIFI.

28.    Profesor de tiempo completo. Personal académico responsabilizado predominantemente de las funciones de docencia, tutoría de estudiantes, y de la generación o aplicación innovadora del conocimiento, con nombramiento que implique una dedicación mínima de 35 horas/semana en  la institución. Ello excluye a: técnicos, ayudantes o auxiliares del personal académico dedicado  a la extensión o difusión y aquellos que tienen 35 horas/semana de dedicación por la acumulación de contratos por horas.

          El desarrollo profesional de un profesor de tiempo completo deriva de una carrera de carácter académico. Lo distintivo de estar frente a las profesiones extra académicas es que su ejercicio consiste en ampliar las fronteras del conocimiento y en buscar nuevas aplicaciones de este. En el ejercicio de su carrera académica, el profesor de tiempo completo debe generar nuevos conocimientos o bien encontrar formas innovadoras de aplicar los conocimientos de frontera a la resolución de problemas prácticos.

29.    PROGES. Programa de Fortalecimiento de la Gestión Institucional en el marco del PIFI.

30.    Programas especiales de doctorado o maestría. Son programas de posgrado de alta calidad dirigidos específicamente a profesores de tiempo completo, preferentemente, cuya IES de adscripción participe en el PROMEP, con residencia reducida, evaluados y aprobados por la SESIC en respuesta a una solicitud institucional y por una sola ocasión.

31.    Programas de posgrado de alta calidad en el extranjero. Son aquellos que  hacen pública su clasificación o que cumplen con los requisitos establecidos en el Anexo II. Manual para la evaluación de los programas de posgrado de la SEP y el CONACYT (http://www.conacyt.mx/dafcyt/pfpn/pifop-guia2003/guia-2003/index_guia78-2003.htm).

32.    Programa educativo (PE). Conjunto articulado de cursos, materias, módulos o unidades de enseñanza-aprendizaje cuya acreditación permite obtener un título o grado.

33.    PROMEP. Programa de Mejoramiento del Profesorado.

34.    Redes Temáticas de Cuerpos Académicos. Una red se constituye por tres Cuerpos Académicos como mínimo, al menos dos son de las IES adscritas al PROMEP, el tercero puede ser ajeno pero reúne las características de un Cuerpo Académico Consolidado. Los objetivos de una red son:

a)    Ampliar o complementar las líneas de generación o aplicación del conocimiento cultivadas por los Cuerpos Académicos solicitantes.

b)    Fomentar la realización conjunta de proyectos de investigación o de estudio.

c)    Propiciar la colaboración entre CA para el desarrollo de soluciones a problemas de interés regional o nacional basados en la investigación.

d)    Propiciar la movilidad de profesores y estudiantes.

35.    Tutor. Profesor de la institución receptora que asesora oficialmente al becario durante la realización de sus estudios.

36.    Tutoría. Se considera una forma de atención educativa donde el profesor apoya a un estudiante o  a un grupo pequeño de estudiantes de una manera sistemática, por medio de la estructuración de objetivos, programas, organización por áreas, técnicas de enseñanza apropiadas e integración  de grupos conforme a ciertos criterios y mecanismos de monitoreo y control, entre otros.

          El tutor juega un papel importante en el proyecto educativo, ya que apoya a los alumnos en actitudes como las de crear en ellos la necesidad de capacitarse, de explorar aptitudes; de mejorar su aprendizaje y tomar conciencia, de manera responsable, de su futuro. La tarea del tutor consiste en estimular las capacidades y procesos de pensamiento, de toma de decisiones y de resolución de problemas.

2. Objetivos

2.1.   General

1.      Propiciar la formación y consolidación de Cuerpos Académicos en cada una de las IES públicas adscritas al Programa con profesores que tengan los perfiles deseables, que den sustento a la formación de profesionales en todos los tipos y niveles de Educación Superior (técnico superior universitario/profesional asociado, licenciatura, especialidad, maestría y doctorado) con responsabilidad, buena calidad y competitividad.

2.2.   Específico

1.      Dar apoyo para que los profesores obtengan el grado que los habilite para realizar con buena calidad sus funciones universitarias, proporcionando los medios materiales que les facilite un mejor desempeño; además fomentar y propiciar la integración de Cuerpos Académicos y la integración de éstos en Redes Temáticas de Colaboración.

3. Lineamientos

3.1. Cobertura

La cobertura de atención del presente Programa se extiende a 103 instituciones públicas de educación superior en el país.

3.2. Población objetivo

Son preferentemente los profesores de tiempo completo y cuerpos académicos adscritos en cualquiera de las IES públicas siguientes:

Aguascalientes:                                              Universidad Autónoma de Aguascalientes

                                                                            Universidad Politécnica de Aguascalientes

                                                                            Universidad Tecnológica de Aguascalientes

                                                                            Universidad Tecnológica del Norte de Aguascalientes

Baja California:                                                Universidad Autónoma de Baja California

                                                                            Universidad Tecnológica de Tijuana

Baja California Sur:                                        Universidad Autónoma de Baja California Sur

Campeche:                                                      Universidad Autónoma de Campeche

                                                                            Universidad Autónoma del Carmen

                                                                            Universidad Tecnológica de Campeche

Coahuila:                                                          Universidad Autónoma de Coahuila

                                                                            Universidad Tecnológica de Coahuila

                                                                            Universidad Tecnológica de la Región Centro de Coahuila

                                                                            Universidad Tecnológica de Torreón

                                                                            Universidad Tecnológica del Norte de Coahuila

Colima:                                                             Universidad de Colima

Chiapas:                                                           Universidad Autónoma de Chiapas

                                                                            Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas

                                                                            Universidad Tecnológica de la Selva

Chihuahua:                                                      Universidad Autónoma de Chihuahua

                                                                            Universidad Autónoma de Ciudad Juárez

                                                                            Universidad Tecnológica de Chihuahua

                                                                            Universidad Tecnológica de Ciudad Juárez

Distrito Federal:                                               Escuela Nacional de Antropología e Historia

                                                                            Escuela Nacional de Biblioteconomía y Archivonomía

                                                                            Universidad Autónoma Metropolitana

                                                                            Universidad Pedagógica Nacional

Durango:                                                           Universidad Juárez del Estado de Durango

Estado de México:                                           El Colegio Mexiquense, A.C.

                                                                            Universidad Autónoma del Estado de México

                                                                            Universidad Estatal del Valle de Ecatepec

                                                                            Universidad Tecnológica de Tecámac

                                                                            Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl

                                                                            Universidad Tecnológica del Sur del Estado de México

                                                                            Universidad Tecnológica del Valle de Toluca

                                                                            Universidad Tecnológica Fidel Velázquez

Guanajuato:                                                     Universidad de Guanajuato

                                                                            Universidad Tecnológica de León

                                                                            Universidad Tecnológica del Norte de Guanajuato

                                                                            Universidad Tecnológica del Suroeste de Guanajuato

Guerrero:                                                          Universidad Autónoma de Guerrero

                                                                            Universidad Tecnológica de la Costa Grande de Guerrero

Hidalgo:                                                            Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo

                                                                            Universidad Politécnica de Hidalgo

                                                                            Universidad Tecnológica de la Huasteca Hidalguense

                                                                            Universidad Tecnológica de la Sierra Hidalguense

                                                                            Universidad Tecnológica de Tula-Tepeji

                                                                            Universidad Tecnológica de Tulancingo

                                                                            Universidad Tecnológica del Valle del Mezquital

Jalisco:                                                              Universidad de Guadalajara

                                                                            Universidad Tecnológica de Jalisco

Michoacán:                                                       Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo

                                                                            Universidad Tecnológica de Morelia

Morelos:                                                            Universidad Autónoma del Estado de Morelos

                                                                            Universidad Tecnológica “Emiliano Zapata” del Edo. de Morelos

Nayarit:                                                              Universidad Autónoma de Nayarit

                                                                            Universidad Tecnológica de Nayarit

Nuevo León:                                                     Universidad Autónoma de Nuevo León

                                                                            Universidad Tecnológica de Santa Catarina

                                                                            Universidad Tecnológica General Mariano Escobedo

Oaxaca:                                                             Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca

                                                                            Universidad de la Sierra Sur

                                                                            Universidad del Istmo

                                                                            Universidad del Mar

                                                                            Universidad del Papaloapan

                                                                            Universidad Tecnológica de la Mixteca

Puebla:                                                              Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

                                                                            Universidad Tecnológica de Puebla

                                                                            Universidad Tecnológica de Huejotzingo

                                                                            Universidad Tecnológica de Izúcar de Matamoros

                                                                            Universidad Tecnológica de Tecamachalco

Querétaro:                                                        Universidad Autónoma de Querétaro

                                                                            Universidad Tecnológica de Querétaro

                                                                            Universidad Tecnológica de San Juan del Río

Quintana Roo:                                                 Universidad de Quintana Roo

                                                                            Universidad del Caribe

                                                                            Universidad Tecnológica de Cancún

San Luis Potosí:                                              Universidad Autónoma de San Luis Potosí

                                                                            Universidad Politécnica de San Luis Potosí

                                                                            Universidad Tecnológica de San Luis Potosí

Sinaloa:                                                             Universidad Autónoma de Sinaloa

                                                                            Universidad de Occidente

Sonora:                                                             Centro de Estudios Superiores del Estado de Sonora

                                                                            El Colegio de Sonora

                                                                            Instituto Tecnológico de Sonora

                                                                            Universidad de Sonora

                                                                            Universidad Tecnológica de Hermosillo, Sonora

                                                                            Universidad Tecnológica de Nogales, Sonora

Tabasco:                                                           Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

                                                                            Universidad Popular de la Chontalpa

                                                                            Universidad Tecnológica de Tabasco

Tamaulipas:                                                     Universidad Autónoma de Tamaulipas

                                                                            Universidad Tecnológica de Matamoros

                                                                            Universidad Tecnológica de Tamaulipas Norte

Tlaxcala:                                                            Universidad Autónoma de Tlaxcala

                                                                            Universidad Tecnológica de Tlaxcala

Veracruz:                                                           Universidad Veracruzana

Yucatán:                                                            Universidad Autónoma de Yucatán

                                                                            Universidad Tecnológica Metropolitana

                                                                            Universidad Tecnológica Regional del Sur

Zacatecas:                                                        Universidad Autónoma de Zacatecas

                                                                            Universidad Politécnica de Zacatecas

                                                                            Universidad Tecnológica del Estado de Zacatecas

Aquellas instituciones públicas interesadas en participar en el PROMEP-SESIC podrán suscribir el Convenio de Cooperación Académica correspondiente con la SESIC.

3.3. Beneficiarios

A. Becas para estudios de posgrado de alta calidad

Serán beneficiarios de una beca PROMEP para estudiar un programa de posgrado de alta calidad, los profesores de tiempo completo, preferentemente, que estén adscritos a alguna de las IES públicas participantes en el Programa, que aún no cuenten con el grado preferente (doctorado), lleven al menos un año laborando en su plaza actual y que al momento de su contratación (a partir del 1 de enero de 1997) hayan tenido el grado de maestría, previa presentación en el PRODES del PIFI respectivo de su IES.

Para los profesores que hayan sido contratados antes del 31 de diciembre de 1996 podrán optar por una beca de maestría o de doctorado.

B. Apoyo para implementos básicos para el trabajo académico

Serán beneficiarios de este apoyo los profesores de tiempo completo que cumplen con el perfil deseable (descrito en el Apartado “1.1. Glosario de términos y definiciones”) y que requieren de implementos básicos individuales de trabajo para realizar sus funciones académicas.

C. Apoyo para la formación y fortalecimiento de cuerpos académicos e integración de redes

Serán beneficiarios los profesores de tiempo completo que tienen definidas líneas de generación o aplicación innovadora del conocimiento que se agrupan para formar un Cuerpo Académico o bien aquellos que ya lo integran.

D. Apoyo para la incorporación de profesores de tiempo completo (nuevos profesores de tiempo completo y ex becarios PROMEP)

Serán beneficiarios de este apoyo:

1.      Aquellos profesores que fueron contratados con la categoría de tiempo completo por parte de alguna de las IES públicas adscritas al PROMEP, a partir del 1 de agosto del año inmediato anterior al momento de presentar su solicitud, y que al momento de su contratación cuenten con el grado de maestro o doctor, y

2.      Los profesores ex becarios PROMEP son aquellos profesores que fueron beneficiados con una beca PROMEP y que habiendo obtenido el grado para el que fueron becados en el lapso convenido y que se reincorporaron a su institución de adscripción, en un periodo no mayor a un mes, a partir del 1 de enero del año inmediato anterior al momento de presentar su solicitud.

3.3.1. Requisitos

Para la asignación de apoyos del PROMEP el profesor de tiempo completo o el cuerpo académico deberá entregar al Programa, mediante su Representante Institucional ante el PROMEP (RIP), su información curricular y la información de la solicitud capturada en el sistema correspondiente. Los sistemas disponibles para este fin son:

Dirigido a

Dirección en Internet

Solicitudes que incluye

Profesores de tiempo completo

http://promep.sep.gob.mx/solicitudes/dbsp.dll/page?doc=comun\login. html

1.      Reconocimiento a profesores de tiempo completo con perfil deseable.

2.      Apoyo a profesores de tiempo completo con perfil deseable.

3.      Apoyo a la reincorporación de ex becarios PROMEP.

4.      Apoyo a la incorporación de nuevos profesores de tiempo completo.

5.      Becas para estudios en programas de posgrado de alta calidad.

Cuerpos Académicos

http://promep.sep.gob.mx/ca

1.      Apoyo a la formación y fortalecimiento de cuerpos académicos e integración de redes.

2.      Gastos de publicación.

3.      Becas posdoctorales.

 

Los sistemas de captura cuentan con secciones ad hoc, sin embargo, ambos cuentan con la sección de datos curriculares que se utiliza para capturar el curriculum vitae del profesor o del CA y la de “Solicitudes  de apoyo” en donde se captura la información requerida para la evaluación de la solicitud de acuerdo con la convocatoria seleccionada. La información capturada (completa) en el sistema y su veracidad son responsabilidad del PTC o el Responsable del cuerpo académico y del RIP.

Para realizar la entrega de solicitudes en PROMEP el RIP deberá contar con la relación de solicitudes a tramitar y la ficha de recepción de cada solicitud firmada por el profesor o el Representante del Cuerpo Académico, y del RIP. Ambos formatos se obtienen de los sistemas. La documentación adicional que debe entregarse para tramitar los diferentes apoyos se detalla a continuación.

A. Becas para estudios de posgrado de alta calidad

Profesores de tiempo completo, preferentemente, los que requieren la habilitación mediante un grado superior para realizar las funciones académicas plenas, cuya área y disciplina de los estudios sea congruente con el PRODES en el marco del PIFI de la dependencia de adscripción del profesor. No se otorgará beca para el mismo grado con el que ya cuente el profesor. Los profesores de tiempo completo que ya cuenten con el grado académico deseable no podrán solicitar este apoyo.

El PROMEP/SESIC publica anualmente la “Convocatoria de becas para estudios de posgrado de alta calidad”, en la dirección de Internet del PROMEP (http://promep.sep.gob.mx) la cual se envía directamente a los rectores y responsables del programa en cada IES. Cada IES es la encargada de difundirla a sus profesores, publicándola en los órganos informativos oficiales y haciéndola llegar a los directores de las DES y unidades académicas.

Las becas PROMEP se otorgan en las siguientes modalidades:

A)      Doctorados y maestrías convencionales.

B)      Programas especiales de doctorado o maestría.

C)      Becas para redacción de tesis de doctorado o de maestría.

En número limitado, a aquellos profesores que cuenten con la autorización explícita del Comité Asesor Académico del PROMEP para los siguientes casos:

D)      Especialidades médicas con orientación clínica en el área de salud.

E)      Especialidades técnicas.

1.      Cada solicitud de beca deberá anexar y entregar en copia fotostática la siguiente documentación, con excepción de los incisos a) y h), los cuales deberán ser en original. Los documentos originales serán resguardados por la IES postulante para cualquier aclaración; debiendo ser congruente con la disciplina y la especialidad del PRODES de la dependencia de adscripción del profesor.

a)    La ficha de recepción y solicitud de beca, debidamente firmada por el profesor y por el RIP (original).

b)    Constancia de nombramiento expedida por la instancia competente.

c)    Clave Unica del Registro de Población (CURP).

d)    Carta de aceptación al posgrado o en su defecto constancia del trámite, la cual deberá registrar: nombre, nivel, fecha de inicio y término del programa (duración).

e)    Constancia de permiso, licencia o descarga académica.

f)     Información oficial sobre cuotas.

g)    Acta del examen o título del último grado académico.

h)    Carta compromiso firmada por el Rector y por el profesor (original).

i)      Información del ESDEPED (nivel, periodo y monto mensual).

j)      Para el caso de programas de posgrado de alta calidad al extranjero, cuya clasificación no se haga pública, además de los documentos señalados del inciso a) al i), se deberá presentar:

i.      Nombre oficial del programa y nivel (maestría o doctorado).

ii.     Plan de estudios que incluya:

1.     Objetivos del programa.

2.     Líneas de generación o aplicación innovadora del conocimiento que se cultivan.

3.     Mecanismos de ingreso y egreso.

4.     Tiempo mínimo y máximo para concluir los estudios incluyendo la realización de la tesis.

iii.    El núcleo académico básico formado en un mínimo de 12 profesores con grado de doctor.

iv.    Formación académica y experiencia demostrable en investigación. Evidencias reconocidas (artículos de investigación original, libros científicos y de texto, patentes, etc.).

v.     Investigación en un área de la especialidad del programa.

vi.    De uno a dos artículos en promedio en revistas indexadas por profesor, por año.

vii.   Más de 80% de los profesores deberán haber realizado publicaciones en los últimos dos años.

viii.  La proporción de alumnos por profesor debe ser de dos a cuatro.

ix.    Mecanismos de selección de aspirantes y de evaluación.

x.     Eficiencia terminal.

xi.    Convenios de vinculación con organizaciones en el ámbito disciplinar y resultados conjuntos.

xii.   Infraestructura disponible del programa (acervo bibliográfico, aulas, laboratorios, etc.).

k)    Para los casos de becas para redacción de tesis de doctorado y de maestría, además de la documentación requerida en el punto número 1 anterior con excepción de los incisos d) y j), lo siguiente:

i.      Constancia de terminación de 100% de los créditos de estudio.

ii.     Carta del asesor de tesis donde se indique el avance del trabajo de investigación y su compromiso de que el becario obtendrá el grado en el tiempo de beca otorgado.

iii.    Cronograma de actividades avalado por su asesor.

iv.    Curriculum vitae del asesor de tesis (extranjero) o constancia de pertenencia al Sistema Nacional de Investigadores (nacional).

B. Apoyo para implementos básicos para el trabajo académico

Para estar en posibilidad de solicitar el reconocimiento o apoyo al perfil deseable, el profesor deberá cumplir con las siguientes condiciones:

1.      Tener nombramiento de tiempo completo con plaza de profesor, docente, investigador o profesor-investigador en el nivel de educación superior.

2.      Haber obtenido el grado preferente (doctorado) o mínimo (maestría o especialidades médicas con orientación clínica en el área de la salud, reconocidas por la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos en Salud).

3.      Demostrar de manera fehaciente sus actividades en:

a)    Docencia. Haber impartido, al menos, un curso frente a grupo al año, durante los tres años inmediatos anteriores a la fecha de presentar su solicitud ante el PROMEP o durante el tiempo transcurrido desde su primer nombramiento como profesor de tiempo completo en la IES o de la obtención de su último grado (en caso de que este tiempo sea inferior a tres años).

b)    Generación o aplicación innovadora del conocimiento. Haber participado activamente en un proyecto de generación o aplicación innovadora del conocimiento. Esta participación deberá comprobarse con un producto de buena calidad por año en promedio (memorias de congresos en extenso arbitradas, artículos en revistas con arbitraje, de preferencia indexadas, libros, obras artísticas o patentes), durante los últimos tres años inmediatos anteriores a la fecha de presentar su solicitud ante el PROMEP o durante el tiempo transcurrido desde su nombramiento como profesor de tiempo completo en la IES o desde la obtención de su último grado (si este tiempo es inferior a tres años).

c)    Tutorías. Impartirlas a estudiantes o grupos de ellos durante el último año inmediato anterior a la fecha de presentar su solicitud ante el PROMEP o haber dirigido al menos una tesis.

d)    Gestión académica, individual o colegiada, tales como la dirección de seminarios periódicos, organización de eventos académicos, actividades académico-administrativas, participación en comités de evaluación académica durante el último año inmediato anterior a la fecha de presentar su solicitud.

        (Es importante observar que ninguna de estas actividades puede sustituirse por alguna de las otras).

4.      Llenar la solicitud electrónica detallada en la convocatoria de “Reconocimiento a profesores de tiempo completo con perfil deseable” o la de “Apoyo a profesores de tiempo completo con perfil deseable” y someterla a su IES junto con la documentación comprobatoria oficial de los requisitos descritos en los puntos 1, 2 y 3 anteriores.

5.      Es responsabilidad de las instituciones integrar y conservar el expediente de los profesores solicitantes, el cual deberá contener los comprobantes fehacientes de cada una de las actividades registradas en la solicitud.

6.      La IES por conducto del RIP y de acuerdo al calendario de recepción de solicitudes, entregará en las oficinas de PROMEP la siguiente documentación:

a)    Oficio de presentación de las solicitudes y una relación de éstas.

b)    Las fichas de recepción que emite el sistema, debidamente firmadas por el profesor solicitante y avaladas por el RIP (original).

c)    Para los profesores cuyo máximo grado académico obtenido es en alguna especialidad médica no reconocida por la CIFRHS o realizada en el extranjero, se requiere presentar el comprobante de grado (copia fotostática).

7.      Aquellos profesores que durante el año inmediato anterior a la presentación de su solicitud gozaron de un año sabático, se encontraban comisionados o se reincorporaron a la institución, podrán solicitar el reconocimiento a profesores de tiempo completo con perfil deseable o renovarlo, si al momento de presentar su solicitud comprueban que se han incorporado a la institución a tiempo completo y realizando las cuatro actividades requeridas en el apartado anterior. Es necesario presentar constancia del permiso institucional.

8.      Los profesores de ingreso o reingreso reciente (nuevos profesores de tiempo completo o ex becarios PROMEP) cuyo tiempo de contratación no les ha permitido realizar a plenitud las actividades que tipifican el perfil deseable, podrá solicitar el “reconocimiento temporal” en el entendido de que será revisado automáticamente al cumplirse el año (dos periodos de recepción de solicitudes) de haber conseguido y de no cumplir con los requisitos el reconocimiento le será retirado.

9.      Los reconocimientos institucionales como los estímulos al desempeño de personal docente o cualquier otro reconocimiento expedido oficialmente por el cuerpo evaluador establecido por la institución, serán elementos indicativos del desempeño eficaz de las funciones académicas, (especialmente para la actividad docente) de los profesores solicitantes. En el mismo sentido, se tomará como referencia la pertenencia al Sistema Nacional de Investigadores o al Sistema Nacional de Creadores.

10.    Los profesores que no tienen el grado preferente o mínimo, pero cuentan con una trayectoria académica sobresaliente y que les ha sido reconocida por el cuerpo evaluador mencionado en el apartado anterior, podrán participar en esta convocatoria, siempre que cumplan con las demás condiciones establecidas. La solicitud del profesor deberá ser acompañada de un comunicado del Rector que exprese de forma razonada el apoyo a la solicitud. El Comité Asesor Académico del PROMEP dictaminará en forma definitiva sobre estos "casos excepcionales".

11.    Los profesores que hayan recibido apoyo en la convocatoria de "Apoyo a la incorporación de nuevos profesores de tiempo completo" o de "Apoyo a la reincorporación de ex becarios PROMEP", podrán solicitar el “reconocimiento del perfil deseable” si al momento de presentar su solicitud comprueban que realizan las cuatro actividades requeridas para el perfil deseable (docencia, tutorías, generación o aplicación innovadora de conocimientos y gestión académica).

C. Apoyo para la formación y fortalecimiento de cuerpos académicos e integración de redes

Para poder participar en la Convocatoria de “Apoyo a la formación y fortalecimiento de cuerpos académicos e integración de redes” los solicitantes deberán:

1.      Estar registrados ante el PROMEP.

2.      Elaborar un plan de trabajo propio del CA (objetivos y metas de las LGAC y las estrategias que se llevarán a cabo para alcanzar un estado de desarrollo superior como CA o conservar su consolidación), éste deberá ser acorde con los planteamientos presentados en el PRODES del PIFI de la institución.

3.      Designar a uno de sus miembros como representante del CA, quien deberá seleccionarse entre los integrantes de mayor nivel académico.

4.      Para la integración de redes temáticas de Cuerpos Académicos designar un responsable de la red, quien deberá ser miembro de una de las IES adscritas a PROMEP.

Los formatos de solicitud para participar en esta convocatoria se encuentran en http://promep.sep.gob.mx, debiéndose llenar en línea. Las IES, por conducto de los RIP, deberán presentar la relación de solicitudes de sus Cuerpos Académicos y el acuse de la solicitud que emite el sistema debidamente firmado.

La convocatoria “Apoyo a la formación y fortalecimiento de cuerpos académicos e integración de redes” está dirigida a:

1.      Los cuerpos académicos en cualquiera de los siguientes estados de desarrollo: en Formación (CAEF), en Consolidación (CAEC) o Consolidados (CAC).

2.      Los cuerpos académicos que en el marco del PIFI 3.0 y cuyo PRODES correspondiente haya sido aprobado, podrán presentar proyectos destinados a su formación y fortalecimiento o para su integración en redes temáticas de colaboración.

Los Cuerpos Académicos beneficiarios de este apoyo se seleccionarán a través de la evaluación de los proyectos que presenten para participar en alguna actividad de fortalecimiento (realización de cursos, conferencias, seminarios y talleres que faciliten la puntualización de los temas de interés) con Cuerpos Académicos de alguna IES o Centros de Investigación de México o del extranjero, de acuerdo con:

a)    La identificación adecuada de los integrantes, así como la definición de las líneas de generación o aplicación innovadora del conocimiento y del grado de consolidación del cuerpo académico solicitante.

b)    La identificación de los resultados concretos, a corto y mediano plazo, que la integración o fortalecimiento del cuerpo académico tendrá sobre las funciones de la institución y del cuerpo académico solicitante.

c)    La claridad en la integración de la necesidad que tiene de vincularse en red con otros Cuerpos Académicos Consolidados (CAC).

d)    La adecuada identificación del cuerpo académico externo con el cual requiere vincularse el cuerpo académico solicitante.

e)    La pertinencia de los objetivos del proyecto respecto a los PRODES de su DES.

f)     La participación de Cuerpos Académicos de otras instituciones adscritas al PROMEP para fomentar la creación de redes temáticas regionales o nacionales.

D. Apoyo para la incorporación de profesores de tiempo completo (nuevos profesores de tiempo completo y ex becarios PROMEP)

Sólo podrán apoyarse a los profesores ex becarios PROMEP que presenten su solicitud de acuerdo con la convocatoria correspondiente y que cumplan con los siguientes requisitos:

1.      Haber disfrutado de una beca PROMEP,

2.      Haber obtenido oportunamente el grado académico para el cual fue becado dentro del plazo aprobado originalmente para sus estudios por la Coordinación Académica del PROMEP o bien,

3.      Haber obtenido su grado dentro del plazo originalmente aprobado más una prórroga sujeta a los siguientes términos:

a)    Con duración de seis meses para maestría y de un año para doctorado para quienes hubieren disfrutado de una beca para estudios completos,

b)    Con duración de tres meses para maestría y seis meses para doctorado para quienes hubieren disfrutado de una beca para redacción de tesis, y

c)    Para quienes hubieren disfrutado de una beca para estudios de especialidad no habrá prórroga al periodo originalmente aprobado.

En el caso de los nuevos profesores de tiempo completo deberán presentar su solicitud de acuerdo con la convocatoria correspondiente y cumplir con los siguientes requisitos:

1.      Haberse incorporado como profesor de tiempo completo a la institución a partir del 1 de agosto del año inmediato anterior al momento de presentar su solicitud,

2.      Haber obtenido el grado de doctor o maestro antes de su incorporación a la institución,

3.      Comprobar una producción académica de buena calidad a través de la presentación y respectiva evaluación de su curriculum vitae, por comités ad hoc, y

4.      Haber cumplido, durante el tiempo que lleven contratados y según constancia de su institución, con todas sus obligaciones como profesores de tiempo completo.

Además, la institución deberá haber informado con oportunidad a la Coordinación Académica del PROMEP sobre la contratación del profesor de acuerdo con los lineamientos emitidos por la Dirección General de Educación Superior (DGES).

Los nuevos profesores de tiempo completo y los ex becarios PROMEP con grado de maestría sólo podrán concursar por el apoyo de implementos individuales de trabajo para la labor académica y por la beca de fomento a la permanencia institucional, mientras que los nuevos profesores de tiempo completo y los  ex becarios PROMEP con grado de doctor podrán concursar además de los dos anteriores por el reconocimiento a la trayectoria académica y por el fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento.

3.3.2. Procedimiento de selección

El PROMEP se rige por los principios básicos de selectividad, objetividad, transparencia y temporalidad.

1.      Todas las acciones del Programa se sustentan en la planeación detallada de los PRODES del PIFI de las IES. Estos PRODES son elaborados por las propias IES con apoyo de la SEP, son suscritos por ambas partes y revisados posteriormente.

2.      Imparcialidad y transparencia en la selección de los profesores de tiempo completo participantes en estos programas. Ello se hace por medio de convocatorias abiertas, lineamientos y reglamentos explícitos y públicos. Además, la evaluación académica es realizada por expertos ampliamente reconocidos seleccionados entre las IES.

3.      Imparcialidad y transparencia en la entrega de apoyos y beneficios a los profesores de tiempo completo seleccionados. Ello se hace mediante el seguimiento detallado y auditado del proceso en todas sus etapas.

A. Becas para estudios de posgrado de alta calidad

1.      Las becas se otorgarán para realizar estudios en programas de posgrado de alta calidad en instituciones distintas a la de la adscripción del profesor, con excepción de los casos donde el programa de la propia institución sea el único de la disciplina registrado en el Padrón Nacional de Posgrado SEP-CONACYT (PNP).

2.      Para estudios de doctorado en el extranjero se otorgarán becas en todas las disciplinas conforme a los criterios establecidos en la Convocatoria respectiva.

3.      Para estudios de maestría en el extranjero se otorgarán becas preferentemente en especialidades no cubiertas por los programas de maestría registrados en el Padrón Nacional de Posgrado  SEP-CONACYT (PNP) y en aquellos casos que se justifiquen a juicio de la SESIC.

B. Apoyo para implementos básicos para el trabajo académico

El PROMEP/SESIC convocan anualmente a las instituciones para que sus profesores de tiempo completo presenten sus solicitudes de apoyo. Las IES se obligan a difundir la información dentro de sus DES.

Las IES participantes someterán al PROMEP los nombres y currícula de los profesores de tiempo completo, que de acuerdo con los tres criterios abajo descritos son candidatos viables a obtener el apoyo.

Estos criterios son:

1.      Grado. Que el profesor de tiempo completo haya obtenido el grado mínimo o preferente. En casi todas las dependencias universitarias el grado preferente es el doctorado y el mínimo es la maestría.

2.      Equilibrio de actividades. Este se da cuando un profesor de tiempo completo atiende cada una de las cuatro actividades señaladas (docencia frente a grupo, tutelaje o tutoría de estudiantes fuera del aula, investigación y gestión académica o actividades de extensión) con por lo menos un mínimo en cada una de ellas, con la mayor ocupación en docencia e investigación, y cubriendo entre todas la dedicación a tiempo completo del trabajo académico.

3.      Eficacia en el desempeño. Se mide de acuerdo con los resultados de las evaluaciones institucionales. Como referente se podrá utilizar el ESDEPED.

En un segundo paso, el PROMEP, con el apoyo de comités de expertos convocados para tal efecto, revisarán la documentación recibida para verificar, mediante dictamen escrito, si cumplen con los tres criterios antes descritos que definen el perfil deseable en los profesores de tiempo completo.

Es el Comité Asesor Académico del PROMEP a quien la corresponde la decisión del dictamen con el apoyo de evaluadores externos.

La evaluación y selección de los beneficiarios PROMEP se hará por comités de expertos de alto nivel, de las áreas del conocimiento de los concursantes, convocados para el efecto por el PROMEP. Los expertos integrantes de los comités serán seleccionados preferentemente entre los académicos de alto nivel y con probada experiencia en evaluación del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CONACULTA), del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT), y de los Comités Interinstitucionales de Evaluación de la Educación Superior (CIEES).

Uno de los objetivos del PROMEP es que todos los profesores de tiempo completo de las IES públicas adscritas al Programa desarrollen de manera equilibrada las funciones de docencia, generación o aplicación innovadora del conocimiento, tutelaje al estudiantado y gestión académica. Cuando esto se cumple, el profesor puede solicitar el reconocimiento a esta labor y la SESIC otorga el reconocimiento al perfil deseable, el cual tendrá una duración de tres años, contados a partir de la fecha registrada en la Carta de Liberación de recursos emitida por el PROMEP.

La renovación del “reconocimiento del perfil deseable” deberá tramitarse en la Convocatoria respectiva inmediata anterior a la fecha de vencimiento del mismo.

Obtenido el “reconocimiento del perfil deseable” el profesor podrá solicitar el apoyo para contar con los implementos básicos individuales de trabajo que le faciliten desarrollar de manera más eficiente su labor académica. Este apoyo se otorga únicamente en el primer “reconocimiento del perfil deseable”, es decir, no es aplicable en los casos de “renovación”.

C. Apoyo para la formación y fortalecimiento de cuerpos académicos e integración de redes

Las solicitudes serán evaluadas por comités académicos externos nombrados por el PROMEP, quienes considerarán:

1.      La concordancia entre lo expuesto en la solicitud y lo expresado en el PRODES y en el PIFI correspondiente.

2.      La relación del personal académico de su propia institución (P.A., Técnicos Académicos) y estudiantes relacionados con las LGAC del CA.

3.      La precisión en la presentación del proyecto que deberá contener:

a.     Título del proyecto.

b.     Antecedentes del proyecto.

c.     Objetivos que persigue el proyecto.

d.     Justificación y metodología.

e.     Resultados esperados a corto y mediano plazo.

f.      Infraestructura disponible en la IES para la realización del proyecto.

g.     Cronograma de actividades En caso de solicitudes de redes temáticas, se deberá programar el calendario de las actividades de cada uno de los CA participantes.

h.     Presupuesto solicitado sólo por un año, con su respectiva justificación y estimación del año subsecuente si procede.

4.      Proporcionar información fehaciente que dé cuenta de la madurez del CA externo (o equivalente).

D. Apoyo para la incorporación de profesores de tiempo completo (nuevos profesores de tiempo completo y ex becarios PROMEP)

El PROMEP/SESIC publican anualmente las convocatorias de “Apoyo a la incorporación de nuevos profesores de tiempo completo” y de “Apoyo a la reincorporación de ex becarios PROMEP”, en la dirección de Internet del PROMEP (http://promep.sep.gob.mx). Cada IES es la encargada de difundirla a sus profesores, publicándola en los órganos informativos oficiales y haciéndola llegar a los directores de las DES y unidades académicas.

Cada aspirante deberá seguir los siguientes pasos:

1.      El candidato deberá llenar su solicitud de beca en el formato electrónico “Apoyo a la incorporación de nuevos profesores de tiempo completo” o de “Apoyo a la reincorporación de ex becarios PROMEP”, disponible  en la dirección de Internet: http://promep.sep.gob.mx/solicitudes/dbsp.dll/page?doc=comun\login.html, con su clave electrónica de acceso asignación por el RIP, la cual será única e intransferible, previa actualización de su curriculum vitae.

          Cada profesor deberá registrar, de manera individual, la información que se le solicite en cada “ventana” de su solicitud electrónica, previo ingreso a la dirección antes descrita:

Ventana o liga

Información que deberá proporcionar el profesor

Liga: Solicitudes de apoyo

El profesor deberá seleccionar: Nueva

(En esta ventana existe la posibilidad de realizar cambios a la solicitud a través de la liga: Modificar solicitud).

I. Requisitos de la solicitud “Beca”

1.      CURP

2.      Fecha de contratación u obtención del grado.

II. Captura de datos de la beca

1.      Apoyo para implementos individuales de trabajo (monto solicitado, rubro y justificación).

2.      Beca de fomento a la permanencia institucional (monto solicitado).

3.      Reconocimiento a la trayectoria académica (monto solicitado).

4.      Apoyo de fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento (monto solicitado, rubro y justificación).

 

3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

Los tipos de apoyo del PROMEP dirigidos a las IES públicas participantes en el Programa consisten en:

1.      Otorgar becas preferentemente a profesores de tiempo completo, para realizar estudios en programas de posgrado de alta calidad.

2.      Dotar a los profesores que cumplan con eficacia y equilibradamente con las funciones académicas de los implementos básicos para el trabajo académico.

3.      Fomentar la formación, desarrollo y consolidación de Cuerpos Académicos y su integración en redes, incluyendo becas posdoctorales.

4.      Apoyar la contratación de nuevos profesores de tiempo completo que ostenten el grado académico de maestría y preferentemente de doctorado y la reincorporación de los profesores ex becarios PROMEP a su institución después de haber terminado sus estudios, dotándolos con los elementos básicos para el trabajo académico.

Los montos que aplican para cada uno de los apoyos antes descritos se describen a continuación.

A. Becas para estudios de posgrado de alta calidad

1.      Para programas convencionales (residenciales) de maestría y doctorado en una localidad distinta a la de residencia del profesor becado.

a)    Cuota de manutención. Tiene el propósito de cubrir los gastos del profesor mientras estudie fuera de su lugar de residencia habitual y será por el tiempo que aplique para cada tipo de beca, de conformidad con el numeral 6 de este Apartado.

b)    Cuota compensatoria de Estímulo al Desempeño del Personal Docente (ESDEPED).  Se otorgará a todos los becarios de estos programas, ya que durante sus estudios el profesor no recibe dicho estímulo ni puede concursar para obtenerlo. En caso de que la institución no cuente con dicho programa se aplicará la cuota mínima que corresponda conforme al grado académico con el que cuente el profesor.

Las cuotas se señalan en las tablas 1 y 2 para programas nacionales y en las tablas 3 y 4 para programas en el extranjero.

Tabla 1. Cuotas de manutención para programas convencionales nacionales en pesos M.N.

Nivel de estudios

Monto

Maestría

$5,450.00

Doctorado

$7,266.00

Tabla 2. Cuotas compensatorias para programas convencionales nacionales en pesos M.N.1

Nivel de estudios

Monto

Especialidad

$1,000.00

Maestría

$2,200.00

Doctorado

$3,000.00

1 Siempre y cuando el profesor no cuente con el Estímulo al Desempeño del Personal Docente, ESDEPED.

Tabla 3. Cuotas de manutención para programas convencionales en el extranjero

Estado civil

Monto USD$2

Monto EUR3

Soltero

1,000.00

1,000.00

Becarios casados entre sí

$1,000.00 (cada uno)

$1,000.00 (cada uno)

Casado sin hijos

1,250.00

1,250.00

Casado o soltero y con hijos

1,500.00

1,500.00

2. Dólares estadounidenses.

3. Euros.

Tabla 4. Cuotas compensatorias para programas convencionales en el extranjero

Nivel de estudios

Monto USD$

Monto EUR

Maestría

220.00

220.00

Doctorado

300.00

300.00

 

2.      La cuota compensatoria aplica de igual forma para los programas convencionales que se imparten en la misma localidad de residencia del profesor becado y para todos los programas especiales de acuerdo con la tabla 2. En estos casos no se requieren cuotas de manutención ya que el profesor becado conserva su salario y sigue viviendo en su residencia habitual.

3.      Los siguientes apoyos adicionales, son aplicables a todas las becas, con excepción de las becas para redacción de tesis en cuyo caso sólo se otorgará lo que aplique:

a)    Costos de inscripción, colegiatura y graduación, según los periodos lectivos y montos autorizados por la institución que otorga el grado.

b)    Apoyos únicos para transporte en clase económica y compra de libros.

4.      En el caso de programas especiales y redacción de tesis, se apoyará además con viáticos durante las estancias aprobadas en la sede del Programa.

Los montos vigentes de estos apoyos para los diversos tipos de programas nacionales y en el extranjero son los señalados en las tablas 5 y 6.

Tabla 5. Apoyos adicionales en programas nacionales; en pesos M.N.

Concepto

Monto

Condiciones

Inscripción, colegiatura y graduación

Lo aplicable

Todas las becas (en las becas para redacción de tesis sólo se otorgará el apoyo de graduación), según lo requiera oficialmente la institución receptora

Libros y material didáctico

$10,000.00  una sola vez

Todas las becas

Transporte

1 viaje redondo una sola vez, en el periodo de estudios, y por un monto hasta de $5,000.00

Para programas de posgrado de alta calidad convencionales; transporte aéreo en clase económica

 

Para el número de viajes estipulados en el diseño del programa especial y hasta un máximo de $5,000.00 en total, por año

Para programas de posgrado de alta calidad especiales y para asistir a la sede del programa fuera de la localidad de residencia permanente del becario; transporte aéreo en clase económica

Viáticos

$300.00 por día

Para el número de días estipulados en el diseño del programa especial fuera de la localidad de residencia del becario (máximo 90 días)

 

Tabla 6. Apoyos adicionales en programas del extranjero

Concepto

Monto

Condiciones

Inscripción, colegiatura y graduación

Lo aplicable

Todas las becas (en las becas para redacción de tesis sólo se otorgará el apoyo de graduación), según lo requiera oficialmente la institución receptora

Seguro médico

Hasta USD o EUR $800.00

al año

No aplica para becarios que cuenten con algún apoyo equivalente

Libros y material didáctico

USD o EUR $1,000.00

una sola vez

Todas las becas

Transporte

1 viaje redondo, una sola vez, en el periodo de estudios

Para programas de posgrado de alta calidad convencionales. Transporte aéreo en clase económica

1 viaje redondo cada dos años

Para programas de posgrado de alta calidad especiales. Transporte aéreo en clase económica

Viáticos

USD o EUR $42.00 por día

Para el número de días estipulados en el diseño del programa especial fuera de la localidad de residencia del becario (máximo 90 días)

5.      Las becas para redacción de tesis y para programas especiales recibirán el mismo trato.

6.      La duración máxima de las becas, incluyendo la obtención del grado, será de:

a)    Dos años para maestría.

b)    Tres años para doctorado que exija maestría previa.

c)    Cinco años para doctorado que inicie directamente de la licenciatura.

d)    El tiempo que establezca cada programa para especialidad en el área de salud.

e)    Un año para redacción de tesis doctoral.

f)     Seis meses para redacción de tesis de maestría.

B. Apoyo para implementos básicos para el trabajo académico

Este apoyo se otorgará por una sola vez a cada profesor de tiempo completo beneficiado, dentro de los límites señalados en la convocatoria para cada elemento de trabajo del que carezca, y formará parte del patrimonio de su institución de adscripción.

Los profesores, con grado preferente o mínimo, podrán recibir el apoyo en cualquiera de los siguientes elementos básicos:

1.      Adecuación o remodelación de cubículo.

2.      Adquisición de mobiliario para su cubículo.

3.      Adquisición de equipo personal de cómputo o periféricos.

4.      Adquisición de acervo bibliográfico o informático especializado.

5.      Adquisición de equipo para experimentación.

Para estos rubros los montos máximos corresponderán al nivel y grado de los profesores conforme a la tabla 7.

Tabla 7. Montos máximos de apoyo para elementos básicos de trabajo a profesores con perfil

Grado preferente Monto (pesos)

Grado mínimo Monto (pesos)

$40,000.00

$30,000.00

 

En el caso de que un profesor solicite y obtenga la aprobación del apoyo para el grado preferente, y éste hubiera sido beneficiado con el apoyo del grado mínimo, el profesor sólo podrá solicitar el monto complementario al tabulador establecido correspondiente.

C. Apoyo para la formación y fortalecimiento de cuerpos académicos e integración de redes

Para Cuerpos Académicos en Formación (CAEF) el total del apoyo podrá alcanzar hasta un máximo anual de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.). Se dará prioridad a las acciones que involucren profesores visitantes.

Para Cuerpos Académicos en Consolidación (CAEC) el máximo apoyo que podrá asignarse es de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.). Las acciones que involucren profesores visitantes y estancias de investigación en Cuerpos Académicos Consolidados (CAC) o equivalentes serán favorecidas.

Los gastos para publicación deberán solicitarse por separado al PROMEP y cumplir con las siguientes condiciones:

1.      Deberán aparecer al menos dos de los miembros del CA solicitante como autores.

2.      Se deberá anexar la carta de aceptación de la revista (indexada).

3.      Libros especializados sólo a través de editoriales reconocidas.

Para Cuerpos Académicos Consolidados (CAC) el presupuesto que podrá aprobarse es de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.). Se verán favorecidas las acciones que involucren la realización de escuelas y talleres, alrededor de LGAC del CA o la definición de temas de interés común o la identificación de CA que pudieran dar lugar a una red temática de colaboración.

Los gastos para publicación deberán solicitarse por separado al PROMEP y cumplir con las siguientes condiciones antes establecidas en los numerales 1, 2 y 3.

Para la integración y fortalecimiento de redes temáticas el presupuesto máximo que podrá aprobarse es de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) por cada IES adscrita al PROMEP.

Los apoyos podrán renovarse hasta por un año más, dependiendo de la justificación de la extensión, los resultados del apoyo en el primer año, la disponibilidad presupuestal y del propio plan de trabajo de la red.

Las acciones para las que se puede solicitar apoyo son:

1.      Cuerpos Académicos en Formación (CAEF).

a)    Estancias cortas (máximo tres meses ) de los integrantes del CA solicitante en la sede de un CAC que le apoyará en la definición de las LGAC, precisión de éstas, pasos iniciales para establecer estrategias, según sea el caso.

b)    Profesores visitantes provenientes de algún CAC o equivalente de otras instituciones por un máximo de doce meses para la definición y apoyo a la LGAC, a la formulación de proyectos y su colaboración en los programas educativos en donde incide el CA.

c)    Adquisición de consumibles y accesorios menores para equipo en general.

2.      Cuerpos Académicos en Consolidación (CAEC) y Consolidados (CAC).

a)    Profesores visitantes provenientes de cuerpos académicos de igual o mayor grado de consolidación hasta por doce meses, para colaborar en proyectos de investigación y en la impartición de cursos.

b)    Excepcionalmente, estancias cortas (máximo dos meses) de los integrantes del CA solicitante en la sede de algún CAC con el objetivo de concretar resultados sobre las investigaciones que se estén desarrollando.

c)    Gastos para publicación de los resultados de las investigaciones.

d)    Adquisición de consumibles y accesorios menores.

e)    Mantenimiento de equipo.

Cabe mencionar que el apoyo para la Integración de redes temáticas de colaboración académica es excluyente de la solicitud de formación y fortalecimiento.

D. Apoyo para la incorporación de profesores de tiempo completo (nuevos profesores de tiempo completo y ex becarios PROMEP)

Los apoyos para la incorporación de nuevos profesores de tiempo completo y para la reincorporación de ex becarios PROMEP podrán ser de cuatro tipos:

1.      Apoyo para elementos individuales de trabajo básicos para la labor académica. Este apoyo se rige por lo señalado en el Apartado 3.4.B de estas Reglas.

2.      Becas de fomento a la permanencia institucional. Este apoyo se regirá por las siguientes condiciones:

a)    Se otorgarán una sola vez y por un plazo máximo de dos años contados a partir de la fecha en que se emita la Carta de Liberación de recursos de la solicitud del nuevo profesor de tiempo completo o ex becario PROMEP.

b)    El monto mensual será de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.) para quienes se hayan incorporado con el doctorado y de $4,000.00 (cuatro mil pesos 00/100 M.N.) para quienes se hayan incorporado con la maestría.

c)    Dentro del plazo máximo señalado en el inciso a), la beca cubrirá hasta la fecha posterior próxima a partir de la cual el profesor califique, por reglamento, para concursar en el ESDEPED de su institución.

d)    Quienes tengan el grado de especialidad médica reconocida por la CIFRHS, podrán recibir una beca temporal de fomento a la permanencia equivalente al de maestría.

3.      Reconocimiento a la trayectoria académica. Este apoyo estará regido bajo las siguientes condiciones:

a)    Podrán optar por este apoyo sólo los profesores con grado de doctor que demuestren a través de la presentación y respectiva evaluación de su curriculum vitae, por comités ad hoc, una producción académica de buena calidad y un sólido proyecto de generación o aplicación innovadora del conocimiento en su institución. Esta obra académica deberá incluir: artículos en revistas de reconocido prestigio nacional o internacional y con arbitraje, presentación de trabajos en congresos nacionales o internacionales, dirección de tesis de posgrado, comprobación del impacto académico de la obra realizada, subvenciones a proyectos, etc.  La obra académica de los solicitantes y la posibilidad de continuarla en la institución, serán evaluadas en calidad y solidez por comités de expertos de alto nivel, convocados por el PROMEP. A quienes se les reconozca la trayectoria académica y la calidad de su obra, además del monto señalado en el inciso “b” anterior, punto ii, se les podrá otorgar un complemento por un monto de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.), $7,000.00 (siete mil pesos 00/100 M.N.), $11,000.00 (once mil pesos 00/100 M.N.) o $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.), dependiendo de la calidad de su obra.

b)    El apoyo se otorgará por un periodo máximo de un año o hasta la fecha posterior próxima a partir de la cual el profesor califique, por reglamento, para concursar en el Sistema Nacional de Investigadores (SNI).

c)    Los profesores que se reincorporen a su institución con apoyo del SNI no podrán beneficiarse de este apoyo.

4.      Fomento a la generación y aplicación innovadora del conocimiento. Se podrá otorgar sólo a los profesores con grado de doctor y las condiciones de apoyo para estos proyectos son los siguientes:

a)    El proyecto deberá ajustarse al contenido y formato que se especifica en la solicitud electrónica.

b)    Se apoyará con un máximo de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) por un primer año. Este proyecto se podrá renovar por un segundo año en función de los resultados del proyecto en el primer año, de la evaluación a la justificación para el segundo y de la disponibilidad presupuestal. Dicho monto podrá cubrir los siguientes rubros:

i.        Adquisición de materiales y consumibles;

ii.       Adquisición de equipo menor o complementario;

iii.      Gastos de publicación de trabajos del profesor en revistas o colecciones con arbitraje;

iv.      Asistencia a reuniones académicas de nivel nacional o internacional para la presentación de trabajos o estancias cortas en instituciones de alto nivel para realizar actividades relacionadas con el proyecto; el monto dedicado a este rubro no deberá exceder $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

v.       Adicionalmente el apoyo podrá incluir una beca por un año a partir de la fecha en que se emita la carta de liberación del nuevo profesor de tiempo completo, con un monto de un salario mínimo general correspondiente al área geográfica "A" (D.F.), para un estudiante de licenciatura que participe en el proyecto con la finalidad de generar interés dentro de la línea de investigación. El estudiante deberá haber cumplido por lo menos con el 75% de los créditos de su carrera y tener 8 como mínimo promedio en una escala de 0 a 10, o su equivalente.

Los nuevos profesores de tiempo completo que hayan recibido apoyo del CONACYT dentro de los proyectos de instalación o de proyectos de investigación, no serán elegibles para este tipo de apoyo.

3.5. Derechos, obligaciones y sanciones

A. Becas para estudios de posgrado de alta calidad

Una vez autorizada la beca, la IES de adscripción del becario deberá:

1.      Cubrir el total de la beca autorizada con cargo a su Fideicomiso PROMEP que tenga constituido o constituya, de acuerdo con los rubros, montos y calendario autorizados por el PROMEP según los artículos 26 y 27 del Reglamento de Becas PROMEP.

2.      Pagar las cuotas de inscripción y colegiatura directamente a la institución receptora y los apoyos al becario (cuota de manutención, gastos de transporte, apoyo para libros y material didáctico, etc.) directamente a éste mediante depósitos en cuenta bancaria a su nombre en los tiempos establecidos.

3.      Reunir y conservar los comprobantes de todos los gastos efectuados, y adjuntará copia de los mismos al expediente de cada becario.

4.      Informar trimestralmente a la DGES de la SESIC sobre el ejercicio de los fondos utilizados de acuerdo con los lineamientos para el uso de los recursos financieros y la Guía para la comprobación de los recursos financieros que para tales fines han sido diseñados por la DGES, incluyendo el estado de cuenta del Fideicomiso PROMEP.

5.      En el caso de que el becario cause baja durante sus estudios o, si habiendo obtenido el grado no se reintegrase a su IES de adscripción por un tiempo equivalente al que disfrutó, el becario quedará obligado a reintegrar a la IES postulante el monto total de los gastos efectuados como apoyo de su beca. Esta obligación se establece en la carta compromiso que firma el becario al aceptar la beca. Posteriormente, la IES deberá informar a la DGES y al PROMEP el acuerdo institucional mediante el cual el becario depositará este recurso al Fideicomiso PROMEP que tenga constituido. Este plazo no deberá de exceder la duración máxima de la beca otorgada. Para la utilización de estos recursos se deberá acordar con la SESIC el destino de éstos, los cuales estarán dirigidos exclusivamente para cualquiera de las acciones descritas en los numerales 1, 2, 3 o 4, del Apartado 3.4 de estas Reglas.

6.      En el caso de que el becario se retrase para obtener el grado por causas externas a su responsabilidad, podrá solicitar una prórroga al periodo inicialmente otorgado para obtener el grado por un tiempo de 12 meses para estudios de doctorado, de seis meses para estudios de maestría y de redacción de tesis de doctorado, y de tres meses para una redacción de tesis de maestría.

7.      Esta será una prórroga para que el becario pueda obtener el grado, pero no será una prolongación de la beca, motivo por el cual no recibirá apoyo económico en ningún rubro. Esta prórroga deberá solicitarse con tres meses de anticipación con respecto a la fecha de vencimiento del periodo inicial, adjuntando una carta del tutor o asesor de tesis en la que se indique la causa del retraso y la fecha tentativa de la obtención del grado.

8.      Si el profesor padeciera una enfermedad que le impidiera continuar definitivamente con sus estudios o fallezca, la IES deberá solicitar al PROMEP la cancelación de la beca. El ajuste que procederá para estos casos es sólo la reintegración al Fideicomiso PROMEP que tenga constituido la IES de los montos no liberados al momento de declararse cualquiera de los dos casos anteriores. La IES acordará con la SESIC el destino de estos recursos, los cuales estarán dirigidos a las acciones descritas en los numerales 1, 2, 3 o 4, del Apartado 3.4 de estas Reglas.

9.      En el caso de permisos (llámese licencia, permiso, autorización o descarga), por parte de la IES de adscripción del profesor de tiempo completo, éstos se deberán tramitar con goce de salario completo y prestaciones para realizar sus estudios a tiempo completo, durante la vigencia de la beca, en los términos del Convenio Marco de Cooperación Académica signado por la institución y la SEP.

10.    Durante sus estudios, los becarios dejarán de percibir la beca o estímulo que tengan dentro del ESDEPED, de acuerdo a las propias reglas de este Programa. Al reincorporarse a su institución al término de sus estudios los becarios que obtengan su grado dentro del plazo estipulado en la autorización de su beca, podrán concursar por este apoyo a través de la Convocatoria “Apoyo a la reincorporación de ex becarios PROMEP”. Este estímulo será con cargo al PROMEP y se mantendrá hasta por un máximo de dos años a fin de que el beneficiario PROMEP pueda volver a concursar en el ESDEPED. Cuando el profesor ingrese nuevamente al ESDEPED, éste dejará de recibir los beneficios por el PROMEP.

11.    Las IES facilitarán el uso de sus instalaciones para la realización de las investigaciones de sus becarios con la asesoría de profesores del cuerpo académico correspondiente.

Son obligaciones de los becarios (Capítulo VII del Reglamento de Becas PROMEP):

1.      Dedicarse a sus estudios tiempo completo.

2.      Mantener un avance académico satisfactorio y acorde con la dedicación a tiempo completo a  sus estudios.

3.      Recabar la autorización por parte del PROMEP para disfrutar de alguna otra beca que sea otorgada por otra instancia pública nacional.

4.      Las que se incluyan en la carta de compromiso que los becarios firmen ante su IES de adscripción.

5.      Reintegrarse a su IES de adscripción, en un plazo no mayor a un mes, una vez obtenido el grado por lo menos un tiempo igual al que duró la beca.

6.      Comunicar a la instancia encargada de la administración de las becas PROMEP en su IES  de adscripción:

a)    Su dirección en la localidad donde realicen sus estudios y cualquier cambio en ella dentro de los quince días siguientes a su instalación o mudanza, y

b)    Cualquier otra información que su institución de adscripción les solicite.

7.      Hacer llegar a su IES de adscripción, directamente o por medio de la institución receptora y dentro de los dos primeros meses a partir del comienzo de la beca, un oficio avalado por la institución receptora que explique la escala de calificaciones que ésta utilice y que señale la calificación  mínima aprobatoria.

8.      Preparar un programa individualizado para su avance en el plan de estudios; este programa deberá ser recibido por la institución de adscripción del becario dentro de los dos primeros meses a partir del comienzo de la beca y ser enviado por medio de la institución receptora o directamente por el becario. Este programa tomará en cuenta que el becario está dedicado de tiempo completo a sus estudios, deberá estar avalado por la institución receptora y contener:

a)    El tiempo previsto para la obtención del grado;

b)    El número y tipo de créditos que prevé cubrir en cada periodo lectivo;

c)    El nombre del tutor académico, y

d)    La fecha prevista para comenzar el trabajo de tesis.

9.      Informar a su IES de adscripción, directamente o mediante la institución receptora, al comenzar el trabajo de su tesis de grado:

a)    El nombre del director de la tesis y el tema de ésta, y

b)    Un programa para el desarrollo del trabajo de tesis y tiempo en que lo realizará. Esta información deberá estar avalada por la institución receptora.

10.    Informar a su IES de adscripción del avance académico de sus estudios. Estos informes deberán:

a)    Estar avalados por la institución receptora;

b)    Hacerlos llegar a la IES de adscripción dentro de los dos meses siguientes al término de cada periodo lectivo por medio de la institución receptora o directamente por el becario;

c)    Mencionar los cursos acreditados en el periodo lectivo y sus respectivas calificaciones;

d)    Mencionar si el total de cursos acreditados cumple con lo previsto en el programa individualizado del becario; en caso de cambio o retraso en el cumplimiento de dicho programa, se indicará si a juicio de la institución receptora el becario podrá terminar en el tiempo previsto;

e)    Describir brevemente el avance en el trabajo de tesis y decir si éste cumple con lo previsto en el programa para el desarrollo de la misma; en caso de algún cambio o retraso en el avance de la tesis se indicará si a juicio del director de la misma el becario podrá terminar en el tiempo previsto; esta parte del informe deberá estar avalada por el director de la tesis.

11.    Reintegrar al Fideicomiso PROMEP de la IES de adscripción el monto total del apoyo recibido cuando:

a)    No obtenga el grado dentro del periodo aprobado,

b)    No se reincorpore a su IES de adscripción una vez obtenido el grado respectivo, o

c)    No informe o recabe autorización de la Coordinación Académica del PROMEP para recibir beca de otra instancia pública nacional, dentro de la vigencia de la beca PROMEP.

12.    Los profesores deberán firmar una carta con su IES de adscripción en la que se comprometan a continuar prestando sus servicios al menos por un número de años igual al de la duración de  la beca.

13.    En el caso de becas para redacción de tesis, es obligación del becario cumplir con el artículo 47, fracciones I, V, VI, XI inciso “e” y XIII del Reglamento de Becas PROMEP. El becario de tesis de maestría deberá informar sus avances en los reportes trimestrales que presente su IES de adscripción, al igual que el becario de tesis de doctorado. Estos informes deberán contar con el aval del director de la tesis.

La beca será suspendida definitivamente en los siguientes casos:

a)    Cuando el promedio de calificaciones en un periodo lectivo haya sido inferior a 8 o su equivalente en una escala de 0 a 10 con mínimo aprobatorio de 6.

b)    Cuando el avance del becario no le permita terminar sus estudios en el tiempo previsto, según los informes referidos en el artículo 52, fracción IV, del Reglamento de Becas PROMEP.

c)    Cuando el becario sea dado de baja o suspendido por la institución receptora.

d)    Cuando el becario deje de cumplir alguna de las obligaciones señaladas en el artículo 47 del Reglamento de Becas PROMEP; en particular por no haber declarado contar con otra beca con cargo al erario nacional para realizar estudios de posgrado. En este caso, el beneficiario PROMEP deberá reintegrar el total del apoyo otorgado por el PROMEP al Fideicomiso PROMEP que tenga constituido su IES de adscripción, para que ésta acuerde con la SESIC el destino de estos recursos, los cuales estarán dirigidos a las acciones descritas en los numerales 1, 2, 3 o 4, del apartado 3.4 de estas Reglas.

La beca podrá suspenderse temporalmente, máximo por un año, para becas de maestría o doctorado por solicitud explícita del becario. La solicitud será considerada y, en su caso, autorizada por la Coordinación Académica del PROMEP ante recomendación de su IES de adscripción del profesor. La beca podrá reactivarse al término de la suspensión temporal de acuerdo con los términos que se señalen explícitamente en su autorización. No se pagarán retroactivos correspondientes a los meses de suspensión.

La beca se dará por terminada, por parte de la Coordinación Académica del PROMEP, en cualquiera de los siguientes tres casos:

a)    Cuando el becario haya obtenido el grado, ya sea en el periodo autorizado inicialmente o con la autorización de una prórroga.

b)    Cuando el becario haya agotado el periodo aprobado de la beca y no haya solicitado  una prórroga.

c)    Cuando se produzca el deceso del becario PROMEP.

El Comité Académico de Becas PROMEP dictamina, de acuerdo con el análisis del rendimiento académico en cada periodo lectivo, si el beneficiado ha avanzado satisfactoriamente en sus estudios, para mantener el apoyo de beca hasta el siguiente periodo de evaluación.

B. Apoyo para implementos básicos para el trabajo académico

La IES se responsabilizará de:

1.      Adquirir los elementos correspondientes, facturados a su nombre y conservar los comprobantes de todos los gastos efectuados.

2.      Poner los comprobantes a disposición del beneficiado y comprobar que éste hace uso de ellos.

3.      Informar trimestralmente a la DGES de la SESIC sobre el ejercicio de los fondos utilizados de acuerdo con los Lineamientos para el uso de los recursos financieros y la Guía para la comprobación de los recursos financieros que para tales fines han sido diseñados por la DGES, incluyendo el estado de cuenta del Fideicomiso PROMEP.

4.      En caso de que el profesor cause baja en la plantilla, los bienes adquiridos con este apoyo permanecerán en la institución y será el responsable de la DES asignar los bienes a otro profesor.

5.      Las IES se obligarán a adquirir los elementos idóneos y comprobar que los utilicen los profesores beneficiados.

Son obligaciones de los profesores de tiempo completo beneficiarios:

1.      Usar los apoyos para los rubros aprobados.

2.      Informar a su institución del impacto del apoyo en la realización de sus tareas académicas.

C. Apoyo para la formación y fortalecimiento de cuerpos académicos e integración de redes

Los apoyos se asignarán a las IES participantes mediante Carta de Liberación de recursos etiquetados, por tal motivo, la institución se responsabilizará de lo siguiente:

1.      Pagar los gastos correspondientes, facturados a su nombre y de conservar los comprobantes de todos los gastos efectuados.

2.      Poner los comprobantes a disposición del beneficiario PROMEP y comprobar que éste hace uso de ellos.

3.      Informar trimestralmente a la DGES de la SESIC sobre el ejercicio de los fondos utilizados de acuerdo con los Lineamientos para el uso de los recursos financieros y la Guía para la comprobación de los recursos financieros que para tales fines han sido diseñados por la DGES, incluyendo el estado de cuenta del Fideicomiso PROMEP.

D. Apoyo para la incorporación de profesores de tiempo completo (nuevos profesores de tiempo completo y ex becarios PROMEP)

Los apoyos se asignarán a las instituciones participantes mediante Carta de Liberación de recursos etiquetados para cada acción.

La institución se responsabilizará de pagar los gastos correspondientes, facturados a su nombre y de conservar los comprobantes de todos los gastos efectuados; ponerlos a disposición del beneficiario PROMEP y comprobar que éste hace uso de ellos; e informar trimestralmente a la DGES de la SESIC sobre el ejercicio de los fondos utilizados de acuerdo con los Lineamientos para el uso de los recursos financieros y la Guía para la comprobación de los recursos financieros que para tales fines han sido diseñados por la DGES, incluyendo el estado de cuenta del Fideicomiso PROMEP.

Las IES se obligarán a adquirir los elementos idóneos y comprobar que los utilicen los profesores beneficiados.

Los nuevos profesores de tiempo completo y ex becarios PROMEP solicitantes del apoyo se deben comprometerse por escrito ante su IES a:

1.      Buscar en sus actividades el equilibrio deseable entre las funciones de docencia, tutoría, generación y aplicación innovadora del conocimiento, y gestión académica o extensión.

2.      Integrarse a un cuerpo académico congruente con su formación y adscripción, y acorde a sus intereses académicos. Cuando no hubiere tal cuerpo académico, comprometerse a propiciar su formación dentro de su unidad académica o DES.

3.      Concursar en el ESDEPED de su institución, en la primera convocatoria para la que califique por reglamento una vez que concluya el apoyo PROMEP.

4.      Solicitar ante el PROMEP el reconocimiento del perfil deseable en la primer convocatoria inmediata posterior a partir del año de presentación de su solicitud.

3.6. Participantes

3.6.1. Ejecutora

La Coordinación Académica del PROMEP, fungirá como la instancia ejecutora del mismo y será responsable de presentar los informes de avance del mismo.

3.6.2. Instancia normativa

La SESIC/DGES, con el apoyo de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SEP, fungirá como la instancia normativa de este Programa, para lo cual emitirá las presentes Reglas y las convocatorias respectivas.

3.7. Coordinación institucional

Estas serán las instancias de contraloría interna de cada una de las IES adscritas al Programa, en el marco de éste y donde están adscritos los profesores de tiempo completo participantes. Asimismo, la SEP podrá aplicar mecanismos de seguimiento y contraloría cuando lo considere necesario.

4. Operación

4.1. Proceso

Los apoyos se asignarán dentro de un plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de recepción de las solicitudes especificadas por el PROMEP. Los profesores canalizarán sus solicitudes a través de su IES de adscripción. Una vez evaluadas las solicitudes y aprobadas, el PROMEP procederá a autorizar la liberación del recurso etiquetado para cada beneficiario PROMEP a través de Cartas de Liberación  de recursos.

En el caso de los programas de posgrado de alta calidad al extranjero que requieran ser evaluados, el tiempo de respuesta estará en función de la revisión que realicen los comités ad hoc.

El trámite de las solicitudes de apoyo a PROMEP siguen las cuatro etapas siguientes para el caso de los profesores de tiempo completo y los cuerpos académicos:

A)    Acopio;

B)    Recepción;

C)    Evaluación, y

D)    Formalización.

A. La etapa de acopio comprende las siguientes acciones:

1.      Las convocatorias que se elaboran y publican anualmente con base en las Reglas de Operación e indicadores del PROMEP publicados en el Diario Oficial de la Federación son:

a)    Reconocimiento a profesores de tiempo completo con perfil deseable.

b)    Apoyo a profesores de tiempo completo con perfil deseable.

c)    Apoyo a la reincorporación de ex becarios PROMEP.

d)    Apoyo a la incorporación de nuevos profesores de tiempo completo.

e)    Becas para estudios de posgrado de alta calidad.

f)     Apoyo a la formación y fortalecimiento de cuerpos académicos e integración de redes.

g)    Apoyo para gastos de publicación.

h)    Apoyo para becas posdoctorales.

2.      Difusión de las convocatorias. Una vez aprobadas las convocatorias se difunden mediante oficios o correos electrónicos a los rectores y a los RIP; mientras que a los PTC a través de la página electrónica en Internet del PROMEP (http://promep.sep.gob.mx).

3.      Asesoría sobre las convocatorias. En caso de que el RIP o el PTC tengan alguna duda sobre alguna convocatoria o del llenado de la solicitud se ponen en contacto, vía telefónica o correo electrónico, con las áreas responsables de cada una para recibir asesoría.

B. La etapa de recepción comprende las siguientes acciones:

1.      Emitir y difundir las fechas de recepción de las solicitudes. Se establecen fecha y hora en que se reciben en las oficinas del PROMEP las solicitudes respectivas y se difunde entre los RIP, con quince días de anticipación del periodo establecido.

2.      Presentar las solicitudes. Los RIP deben presentar en las instalaciones del PROMEP, el día y la hora establecidas, la relación de solicitudes a entregar, la ficha de recepción firmada por el PTC y el RIP y la documentación adicional requerida para cada uno de los apoyos (ver sección 3.3.1 Requisitos).

3.      Cotejar y revisar la documentación presentada. Se atiende de manera personal a cada uno de los RIP, revisando en cada una de las solicitudes que se presentan la información de soporte que avala los requisitos solicitados para cada apoyo. Si la solicitud revisada no cumple con los requisitos establecidos, ésta no se recibe.

4.      Oficio de recepción de solicitudes. Una vez que se han revisado todas las solicitudes presentadas por la IES, se emite un oficio de recepción, donde se indican las solicitudes que fueron recibidas y las que no se recibieron, así como el motivo por el cual no se recibieron. Este oficio es firmado por el colaborador de la dirección responsable que revisa las solicitudes de la IES y por el RIP. Adicionalmente, en el caso de los PTC, se emite el oficio de verificación de información, el cual indica al RIP los expedientes que, aleatoriamente seleccionados, deberá enviar a PROMEP para su validación contra el sistema.

5.      Revisión de expedientes aleatorios. Para el caso de los PTC y en caso de que PROMEP detecte diferencia entre la información capturada y la documentación, procede a la cancelación de las solicitudes recibidas de la institución.

C. La etapa de evaluación comprende las siguientes acciones:

1.      Una preevaluación realizada por personal adscrito al Programa que comprende una revisión curricular de cada profesor para verificar si cumple con los criterios de evaluación establecidos en las diferentes convocatorias para cada uno de los apoyos.

2.      Cada solicitud se evalúa por comités académicos designados por PROMEP para tal efecto. Los comités de pares deben evaluar la calidad académica del solicitante, emitiendo el dictamen correspondiente.

D. La etapa de formalización comprende las siguientes acciones:

Verificar situación de solicitud: Aprobada o No Aprobada. En el primer caso se elaboran Cartas de Liberación de Recursos donde se establecen los datos generales del profesor, rubros, montos y periodo del apoyo. En el segundo caso se elaboran los oficios dirigidos a los Rectores de la IES con copia al RIP, donde se menciona que el apoyo solicitado no fue otorgado y las razones por las que el Comité no aprobó el apoyo.

Flujograma

4.2. Ejecución

4.2.1. Avances físico-financieros

La SEP reportará a la H. Cámara de Diputados, por conducto de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y a la Secretaría de la Función Pública (SFP) de conformidad con el artículo 55 fracción IV, inciso a) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004.

Las IES son las responsables de informar trimestralmente a la DGES de la SESIC sobre el ejercicio de los fondos utilizados de acuerdo con los Lineamientos para el uso de los recursos financieros y la Guía para la comprobación de los recursos financieros que para tales fines han sido diseñados por la DGES, incluyendo el estado de cuenta del Fideicomiso PROMEP.

4.2.2. Acta de entrega-recepción

Las acciones de la SEP y de la IES en el marco del PROMEP están sujetas a las leyes aplicables y sustentadas en Convenios de Cooperación Académica suscritos entre ellas. En estos convenios se establecen las obligaciones de cada IES, entre las que destacan:

1.      Constituir un Fideicomiso PROMEP en cada institución, en caso de no contar con uno, ante una institución de crédito autorizada para la inversión y administración de los recursos aportados por la SEP para el cumplimiento de los objetivos del PROMEP;

2.      Designar un comité técnico de dicho Fideicomiso formado por tres personas de la institución, el cual será responsable de:

a.     Vigilar el efectivo cumplimiento de todos y cada uno de los fines del Fideicomiso PROMEP;

b.     Autorizar la asignación de recursos necesarios para llevar a cabo los fines del Fideicomiso PROMEP de acuerdo con los programas e instrucciones que él mismo autorice;

c.     Autorizar la celebración de los actos y contratos de los cuales se deriven derechos y obligaciones para el patrimonio del Fideicomiso PROMEP;

d.     Instruir a la fiduciaria respecto a las políticas de inversión del patrimonio del Fideicomiso PROMEP, y

e.     Cualesquiera otras obligaciones derivadas de la ley.

3.      Prever las causas de extinción del Fideicomiso PROMEP, en cuyo caso se establece en los Convenios de Cooperación Académica la restitución del saldo existente a la Tesorería de la Federación.

Para ejecutar las acciones específicas del PROMEP, dichos convenios se complementarán con la emisión, por parte del PROMEP, de Cartas de Liberación de recursos.

Además, para regular la operación del programa la SEP ha emitido los siguientes lineamientos:

1.      El Reglamento de Becas PROMEP, que describe los tipos de becas y posgrados contemplados en el PROMEP, los conceptos apoyados con las mismas y los requisitos generales para que un profesor se haga acreedor a una beca. Contiene las normas para que la institución de adscripción del profesor administre las mismas y las obligaciones que deberán observar los profesores becados o candidatos a beca.

2.      Los lineamientos para el uso de recursos financieros.

3.      Los lineamientos contenidos en las convocatorias.

Las aportaciones PROMEP de la SEP a las instituciones se realizan en una o dos ministraciones durante el año de acuerdo con los compromisos convenidos a través de Anexos de Ejecución debidamente señalados en los Convenios Marco de Cooperación Académica que el PROMEP suscribe con cada IES.

Dichas aportaciones tienen un destino de gasto específico, es decir, son recursos comprometidos para cubrir las necesidades asentadas de forma prioritaria en los PRODES.

4.2.3. Cierre de ejercicio

La temporalidad de los montos para cada uno de los apoyos del PROMEP son los señalados en el Apartado 3.4 de estas Reglas.

5. Auditoría, control y seguimiento

Será atribución de las instancias de la contraloría de cada institución participante el realizar acciones de seguimiento, control y auditoría interna de la ejecución y desarrollo de cada uno de los apoyos brindados en el marco de este Programa. Estos mismos podrán ser sujetos de auditoría externa por la SEP utilizando esquemas apropiados y por la H. Cámara de Diputados a través del Organo de Fiscalización y Control, empleando para ello sus propios mecanismos.

Asimismo, se deberá velar por una aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos presupuestados para este Programa.

Como resultado de los ejercicios de control y auditoría, se contará con el respectivo informe o dictamen, que contendrá observaciones o sugerencias, las cuales deberán ser atendidas en el corto plazo por las  IES participantes.

Los recursos asignados para la operación del Programa no pierden su carácter de federal, por lo que la SHCP y SFP, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán actividades de fiscalización y auditoría.

Los recursos que no se destinen a los fines autorizados deberán reintegrarse al Fideicomiso PROMEP que cada IES tenga constituido para acordar con la SESIC el destino de estos recursos, los cuales estarán dirigidos a las acciones descritas en los numerales 1, 2, 3 o 4, del Apartado 3.4 de estas Reglas y sólo en el caso de extinción del Fideicomiso PROMEP de cualquier IES se deberá reintegrar el saldo existente del mismo a la Tesorería de la Federación.

6. Evaluación

6.1. Interna

La evaluación de los resultados estará a cargo de la Coordinación Académica del PROMEP a través de revisiones sin previo aviso, por muestreo aleatorio en las IES, para comprobar la utilización de los apoyos otorgados a beneficiarios PROMEP, con el apoyo de la DGES.

Los indicadores de impacto que se analizarán trimestralmente por cada apoyo son:

A. Becas para estudios de posgrado de alta calidad

1.      Número de becas otorgadas para realizar estudios de doctorado, maestría y especialidad.

2.      Número de becas otorgadas para redacción de tesis de doctorado y de maestría.

3.      Número de becas otorgadas para realizar estudios en el país y en el extranjero.

4.      Porcentaje de profesores de tiempo completo con grado mínimo (maestría).

5.      Porcentaje de profesores de tiempo completo con grado preferente (doctorado).

6.      Porcentaje de profesores de tiempo completo que estudian un programa de posgrado de alta calidad.

7.      Porcentaje de becarios que avanzan según programa.

B. Apoyo para implementos básicos para el trabajo académico

1.      Fracción de profesores de tiempo completo con perfil deseable que dispone de los elementos necesarios en la institución.

C. Apoyo para la formación y fortalecimiento de cuerpos académicos e integración de redes

1.      Número de Cuerpos Académicos Consolidados entre el número total de Cuerpos Académicos.

2.      Número de Cuerpos Académicos en Consolidación entre el número total de Cuerpos Académicos.

3.      Número de Cuerpos Académicos en Formación entre el número total de Cuerpos Académicos.

4.      Número de Cuerpos Académicos en Consolidación que alcanzaron el nivel de Consolidados.

5.      Número de Cuerpos Académicos en Formación que alcanzaron el nivel de Consolidación.

D. Apoyo para la incorporación de profesores de tiempo completo (nuevos profesores de tiempo completo y ex becarios PROMEP)

1.      Porcentaje de profesores ex becarios PROMEP que hayan obtenido su grado y disponen de los elementos necesarios en la institución.

2.      Porcentaje de nuevos profesores de tiempo completo que disponen de los elementos necesarios en la institución.

6.2. Externa

La SEP presentará a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, de acuerdo con el artículo 55 fracción IV inciso b), párrafos primero, segundo y séptimo del Presupuesto  de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, sobre los resultados de la evaluación aplicada  al Programa.

7. Transparencia

En lo concerniente a la difusión, la SESIC y la Coordinación Académica del PROMEP, publicarán oportunamente en la página electrónica del PROMEP (http://promep.sep.gob.mx) las convocatorias del Programa y adicionalmente se remitirán a los titulares de las IES participantes.

Las presentes Reglas y las convocatorias podrán ser consultadas en las oficinas del RIP de este Programa en cada IES participante, o en las oficinas del PROMEP o en la página electrónica del PROMEP.

Con respecto a la Contraloría social (Participación social), el proceso de participación de las comunidades académicas en las IES son fundamento de este Programa, lo que se traduce en un mecanismo de contraloría social, que impulsará al profesorado tanto en el desarrollo como en la evaluación del Programa.

La SESIC promoverá este Programa entre las autoridades y comunidad de las instituciones participantes, a través de comunicaciones impresas, mesas de trabajo, reuniones, etc.

Cada IES será la encargada de difundir dichas convocatorias a su interior entre los directores de las DES y su profesorado, con el propósito de garantizar amplia participación.

8. Quejas y denuncias

Tanto los becarios como la población en general pueden acudir en cualquier momento a las oficinas de la SESIC, del PROMEP o de la SFP, para presentar sus sugerencias, quejas o denuncias que contribuyan a una operación más eficiente del programa.

TRANSITORIO

UNICO.- Las presentes Reglas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y estarán vigentes hasta el año 2005, en tanto no se emitan, en su caso, las respectivas al ejercicio fiscal de dicho año ni se opongan a lo dispuesto en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2005.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil cuatro.- El Director General de Educación Superior, Eugenio Cetina Vadillo.- Rúbrica.