SISTEMA
NACIONAL PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA FAMILIA
ACUERDO POR EL QUE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DA A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACION E INDICADORES DE RESULTADOS DEL PROGRAMA DE ATENCION A POBLACION EN DESAMPARO.
Reglas de Operación
El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; con fundamento en los artículos 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 32 y 33 de la Ley de Planeación; 63 y 64 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002; 167, 168 y 169 de la Ley General de Salud, y 1o., 2o. y 14 del Estatuto Orgánico de la Institución, y
CONSIDERANDO
Que el Programa Nacional de Salud establece dentro de sus líneas estratégicas, el atender los problemas del rezago, enfrentar los problemas emergentes, establecer nuevos mecanismos para la asignación equitativa de recursos, avanzar hacia un modelo integrado de atención a la salud y crear un mecanismo de compensación entre el Gobierno Federal y las Entidades Federativas.
Que el Programa de Atención a Población en Desamparo, en el marco del Programa Nacional de Salud orientará sus acciones a través de tres estrategias, encaminadas a fortalecer la integración y el desarrollo de familias y personas en situación de vulnerabilidad social: 1) Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo; 2) Orientación Jurídica y Social, y 3) Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia.
Que la prestación de servicios a individuos en este Programa, es responsabilidad del DIF Nacional y de los DIF Estatales.
Que los recursos federales asignados al Programa son subsidios federales y por tanto, sujetos a criterios de selectividad, equidad, objetividad, transparencia, temporalidad y publicidad, debiéndose identificar claramente a la población beneficiaria, tanto por grupo específico como por región del país, prever montos de los apoyos y su actualización, asegurar la coordinación de acciones entre las diversas áreas administrativas con la finalidad de evitar su duplicidad y reducir gastos administrativos; así como garantizar que los mecanismos de operación, distribución y administración, faciliten la obtención de información y la evaluación de los beneficios económicos y sociales de su asignación y aplicación.
Que el Gobierno Federal, a través del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, es el responsable de establecer las Reglas de Operación del Programa, de aportar los recursos necesarios para su operación, darle seguimiento, evaluar sus resultados y asegurar el cumplimiento de sus objetivos.
Que el Programa de Atención a Población en Desamparo es una estrategia de largo plazo, dirigida a la familia, para prevenir la vulnerabilidad social, a través de acciones de desarrollo comunitario, orientación jurídica e integración social.
Que conforme al artículo 63 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación, el Ejercicio Fiscal del año 2002, las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y Contraloría y Desarrollo Administrativo, (SECODAM) autorizaron las Reglas de Operación y los Indicadores de Resultados, respectivamente, del Programa de Atención a Población en Desamparo, hemos tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
UNICO.- El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a conocer las Reglas de Operación e Indicadores de Resultados del Programa de Atención a Población en Desamparo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Durante el presente ejercicio, y con el propósito de adecuar el contenido de este Programa, de acuerdo al conjunto de acciones que se desarrollan a través del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, el Programa de Atención a Población en Desamparo incluye para el presente ejercicio, además de la población en abandono, aquellas personas que enfrentan otros riesgos sociales que las llevan a una situación de vulnerabilidad social y que se atienden a través de tres estrategias de operación: Atención a Personas con Vulnerabilidad Social; Orientación Jurídica, y Social y Protección a la Infancia y Adolescencia.
Dado en la Ciudad de México, a los doce días del mes de marzo de dos mil dos.- El Oficial Mayor del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Adán Larracilla Márquez.- Rúbrica.
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
PROGRAMA DE ATENCION A POBLACION EN DESAMPARO
REGLAS DE OPERACION 2002
PROGRAMA DE ATENCION A POBLACION EN DESAMPARO
CONTENIDO
4.3. Características de los Apoyos
4.4.1.1. Elegibilidad (Requisitos y Restricciones)
4.4.1.2. Transparencia (Métodos y Procesos)
4.4.2. Derechos y obligaciones
4.4.3. Cancelación del Servicio
5.1. Coordinación institucional
5.1.2. Instancia(s) Normativa(s)
5.1.3. Instancia(s) Control y Vigilancia
10. Seguimiento, control y auditoría
10.3. Resultados y Seguimiento
11.1. Mecanismo, Instancias y Canales
El Programa Nacional de Salud 2001-2006 establece la importancia de atender el reto de la equidad, indicando entre otros, los problemas de rezago que enfrentan las comunidades rurales dispersas y en la periferia de las grandes ciudades, tales como: el deterioro de las redes familiares y sociales, la violencia en el hogar, la atracción por las conductas de alto riesgo en los adolescentes, las condiciones de la población indígena, la mortalidad materna, así como otros problemas emergentes que impiden avanzar hacia un modelo integrado de atención a la salud.
Es por ello que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) concibe la asistencia social como el conjunto de acciones dirigidas a propiciar el apoyo, la integración social y el sano desarrollo de los individuos, familias y grupos de población vulnerable o en situación de riesgo, por su condición de desventaja, abandono, desprotección física, mental, jurídica o social; a fortalecer su capacidad para resolver sus necesidades, ejercer sus derechos y coadyuvar a su reintegración al seno familiar, laboral y social.
El conjunto de acciones encaminadas a la atención de esta problemática, se desarrolla en el marco de la misión y la visión institucional, a través de la Prevención a la Vulnerabilidad en la Familia, la Atención en Centros Asistenciales, la Orientación Jurídica Social y Protección a la Infancia y Adolescencia.
Misión
Promover la integración y el desarrollo humano individual, familiar y comunitario, a través de políticas, estrategias y modelos de atención que privilegian la prevención de los factores de riesgo y vulnerabilidad social, la profesionalización y calidad de los servicios desde una perspectiva de rectoría del Estado, en el Sistema Nacional de Asistencia Social.
Visión
Un Sistema Nacional de Asistencia Social que regula y garantiza a través del marco jurídico-normativo, la profesionalización de los Servicios Asistenciales, desde una perspectiva que incluya a los tres órdenes de gobierno, que privilegia el enfoque preventivo, la coordinación de los sectores público, privado y social, que genere un cambio cultural centrado en los valores de solidaridad, equidad y correspondencia.
Por Decreto Presidencial de diciembre de 1982, el DIF Nacional fue facultado para operar establecimientos de asistencia social en beneficio de personas con discapacidad. Asimismo, la Ley sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social le señala atribuciones para atender como sujetos de asistencia social a menores en desamparo, desnutrición o sujetos de maltrato; ancianos en desamparo, mujeres en periodo de gestación y habitantes del medio rural o marginado, entre otros.
A partir de la descentralización de programas alimentarios que se llevó a cabo en 1998, el DIF Nacional ha fortalecido su carácter de promotor y coordinador de programas, orientando sus actividades hacia la prevención de la vulnerabilidad en la familia, a través de la normatividad de programas, la atención en centros asistenciales y la definición de criterios de atención.
Garantizar la protección y el desarrollo integral de las personas que por alguna situación de vulnerabilidad social se encuentran en riesgo, en situación de abandono o de maltrato, promoviendo el acceso a los satisfactores básicos de desarrollo, al ejercicio pleno de sus derechos y a una formación con sentido humano, que potencie sus capacidades individuales y el acceso a una vida digna.
Atender de manera integral a población vulnerable en Centros Asistenciales como casas cuna y hogar para niños y ancianos, así como apoyar temporalmente a grupos de población abierta en condiciones de vulnerabilidad social.
Fortalecer el desarrollo de capacidades, en las familias de comunidades que por su situación socioeconómica y/o biológica se encuentran en condiciones de riesgo; impulsando su participación en proyectos que impulsen sus capacidades de organización, productivas y de autogestión.
Instrumentar, promover y realizar acciones de protección y orientación jurídica a los integrantes de la familia, especialmente al menor y a la mujer.
Promover y definir los criterios básicos de operación, de las acciones orientadas a la prevención de riesgos sociales en menores y adolescentes, a la defensa de sus derechos y al incremento de los factores de protección social.
A través de este programa se atiende básicamente a población compuesta por: familias de comunidades en situación vulnerable; niñas y niños menores de seis años y en edad escolar; madres adolescentes; menores migrantes; menores trabajadores y en situación de riesgo; mujeres en edad adulta; ancianos en abandono y personas que por alguna razón se encuentran en desamparo temporal o expuestas a violencia familiar; así como a familias de comunidades que viven expuestas a diversos riesgos por su condición de vulnerabilidad.
El programa orienta sus acciones de normatividad y de promoción en el ámbito de las 31 Entidades Federativas y el Distrito Federal, a través de los Sistemas Estatales DIF, para atender a 2’052,660 personas, por medio de tres estrategias: de Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo, Orientación Jurídica y Social y Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia, con acciones específicas en regiones con alto índice de vulnerabilidad, para fortalecer el desarrollo de capacidades.
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
La infraestructura de operación en la vertiente de Atención a Personas en Desamparo cuenta con 8 Centros de atención asistencial: 6 en el Distrito Federal y 2 foráneas en las ciudades de Cuernavaca, Mor. y Oaxaca, Oax.
Centros de Atención Asistencial
2
Casas Cuna en el Distrito |
1
Casa Hogar para Niñas en el |
1
Casa Hogar para Varones |
Pob. Programada 143 |
Pob. Programada 232 |
Pob. Programada 145 |
2
Casas Hogar para Ancianos |
1
Casa Hogar para Ancianos |
1
Casa Hogar para Ancianos |
Pob. Programada 356 |
Pob. Programada 84 |
Pob. Programada 72 |
A través de los 7 Campamentos Recreativos con que cuenta el DIF Nacional, se atenderán 34,850 personas, a través de la promoción de actividades socioculturales, recreativas y deportivas entre la población desamparada o con alguna vulnerabilidad social de las 31 Entidades y el Distrito Federal.
Campamentos Recreativos
Aguascalientes |
Guanajuato |
Guerrero |
Pob. Programada 5,450 |
Pob. Programada 4,050 |
Pob. Programada 5,100 |
Nayarit |
Quintana Roo |
Sinaloa |
Pob. Programada 4,250 |
Pob. Programada 5,450 |
Pob. Programada 5,100 |
Veracruz |
|
|
Pob. Programada 5,450 |
|
|
Orientación Jurídica y Social
La atención que se brinda a través de las vertientes de orientación jurídica y social, se realiza directamente en las instalaciones del DIF Nacional y Centros Escolares, en donde se imparten pláticas de orientación sobre la violencia familiar y el maltrato.
Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
La atención que se brinda para la prevención de riesgos en la infancia y adolescencia, se realiza directamente en las comunidades y en las instalaciones de los Sistemas Estatales.
4.3. Características de los Apoyos
Para atender la cobertura del programa, el DIF Nacional otorga diversos apoyos que se canalizan a la población objetivo, como son: apoyos directos o en especie, asesoría sobre la operación de programas asistenciales, atención integral en albergues, asesoría para el desarrollo de capacidades a familias de comunidades marginadas, orientación jurídica y social, así como apoyos para la prevención de riesgos sociales en los menores.
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
Atención integral a menores en las casas cuna, donde se brinda atención a niños de 0 a 6 años de edad y en algunos casos hasta los 8 años, cuando han sido sujetos de maltrato, abandono, orfandad total o parcial, abuso sexual, extravío, violencia intrafamiliar e hijos de padres privados de la libertad, proporcionando los elementos indispensables que promuevan su crecimiento e impulsen su desarrollo, brindando la mejor alternativa de reintegración familiar, a su familia de origen o a una familia adoptiva que les brinden las condiciones óptimas de vida para su desarrollo.
Atención integral en las Casas Hogar para Niñas y Varones, a menores entre 6 y 18 años de edad, que además de las causas descritas con anterioridad, carecen de vínculos familiares y sociales efectivos que promuevan su sano desarrollo, proporcionando protección física, mental y social, que favorezca su formación y desarrollo integral, asimismo se promueve mediante la intervención de un grupo multidisciplinario, la reintegración al núcleo familiar de origen, o bien la integración a una familia mediante proceso de adopción para que se brinde a los menores, cuidados, atenciones y el apoyo emocional que requieren.
Atención integral en las Casas Hogar para Ancianos, donde se atiende a los adultos mayores de 60 años sujetos de asistencia social, que se encuentran en condiciones de desamparo o desventaja.
Asesoría en la operación de programas preventivos en la población vulnerable, para la desintegración familiar, la definición de criterios de atención en zonas prioritarias, así como servicios de verificación de la calidad de apoyos alimentarios otorgados por los Sistemas Estatales DIF.
Apoyo directo, en el desarrollo de capacidades productivas y de autogestión, a nivel familiar y comunitario, a fin de generar cambios de conducta que les permitan incrementar el ingreso y crear el hábito del ahorro familiar entre los participantes.
Apoyos en especie y de asesoría, en situaciones de emergencia, en poblaciones afectadas por desastres naturales.
Apoyo directo o en especie, dirigido a población abierta de escasos recursos, comprendida por menores, adolescentes, adultos, personas con discapacidad y adultos mayores, considerando sus condiciones de pobreza, marginación y vulnerabilidad social. El perfil de escasos recursos se define como un nivel de ingreso percápita de hasta un salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
Orientación Jurídica y Social
Orientación para la prevención de la desintegración familiar; la violencia, la pornografía, el maltrato y el abuso; trámites de adopción, asistencia jurídica y atención integral a las familias afectadas por la farmacodependencia.
Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
Apoyo directo a las actividades de los programas, los cuales son empleados principalmente en rubros de promoción, difusión y capacitación, así como en los Programas Prevención y Atención del Embarazo en Adolescentes, Prevención de Riesgos Psicosociales, Atención a la Salud del Niño, Centros Asistenciales de Desarrollo Infantil y Centros de Asistencia Infantil Comunitarios.
Apoyo directo, orientado a promover la estancia escolar de niñas, niños y adolescentes, que por su situación de pobreza, abandonan la escuela para convertirse en niños de la calle, o entrar en procesos de riesgo típicos de la infancia y adolescencia.
Apoyos directos complementarios, los cuales se aplican para complementar los recursos aportados por otras fuentes, como es el caso de los destinados a la reintegración a sus familias y comunidades de origen, de niñas, niños y adolescentes atendidos en la Red de Albergues establecidos en las ciudades fronterizas.
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
Apoyos directos, para el desarrollo de capacidades productivas y de autogestión.
Estado |
Importe |
Estado |
Importe |
Estado |
Importe |
Estado |
Importe |
Aguascalientes |
46,200.00 |
Durango |
154,700.00 |
Nayarit |
179,088.00 |
Sonora |
112,000.00 |
B. California |
84,000.00 |
Guanajuato |
350,000.00 |
Nuevo León |
48,863.98 |
Tabasco |
248,234.00 |
B.C. Sur |
42,000.00 |
Guerrero |
364,000.00 |
Oaxaca |
140,000.00 |
Tamaulipas |
140,000.00 |
Campeche |
97,132.47 |
Hidalgo |
291,900.00 |
Puebla |
700,000.00 |
Tlaxcala |
151,032.00 |
Coahuila |
182,700.00 |
Jalisco |
518,000.00 |
Querétaro |
210,000.00 |
Veracruz |
855,123.50 |
Colima |
42,000.00 |
México |
351,123.50 |
Q. Roo |
170,800.00 |
Yucatán |
210,000.00 |
Chiapas |
400,200.50 |
Michoacán |
308,000.00 |
S. L. Potosí |
284,900.00 |
Zacatecas |
456,400.00 |
Chihuahua |
101,363.97 |
Morelos |
43,820.00 |
Sinaloa |
105,000.00 |
Total |
7’388,582 |
Los apoyos directos que se otorgan a familias en situación vulnerable y adultos mayores de 60 años o más, que vivan solos y no cuenten con ingresos fijos, equivalen a $300.00 al mes y presentan las siguientes características:
Proveedor económico de la familia, en detención legal y/o con alguna enfermedad crónica o con incapacidad laboral temporal, que por lo mismo no recibe ingresos.
Economía familiar desequilibrada económicamente, por gastos destinados a la atención médica de algunos de sus integrantes;
Familias extensas que cuenten con ancianos y/o personas con discapacidad;
Personas que requieran asistir a tratamientos médicos o terapéuticos.
Estos apoyos se otorgan por 3, 6 y 9 meses como máximo, de acuerdo a la prevalencia de alguna de las situaciones anteriores, la cual es corroborada periódicamente por el DIF Nacional y se plasma en el informe correspondiente.
Asimismo, se otorgan apoyos económicos de $600.00, a familias y/o personas en situación de vulnerabilidad social que adicionalmente a las características antes señaladas, presentan las siguientes:
Personas que presenten enfermedades degenerativas discapacitantes o diagnóstico de enfermedad terminal (VIH-SIDA, Cáncer, Diabetes, entre otras).
Población con alguna discapacidad que les obstaculice definitivamente su incorporación al medio laboral.
Familiares que tienen bajo su custodia a menores abandonados o en estado de orfandad total y/o parcial.
Madres solteras con pocas posibilidades de desempeño laboral, por tener que atender a hijos menores o con alguna discapacidad y que no cuenten con ningún apoyo.
Mujeres embarazadas, sin apoyo de pareja o familiares.
Se otorga a adultos mayores de 60 años o más, con problemas severos de salud, crisis económica, carentes de apoyo familiar, vivienda y/o seguridad social; o que no desean institucionalizarse.
Estos apoyos se otorgan por 3 y 6 meses como máximo; sin embargo, en adultos mayores y personas con enfermedades degenerativas, discapacitantes o en fase terminal, este apoyo podrá otorgarse hasta por 6 meses más, previa revaloración del caso e informe correspondiente.
Los apoyos en especie dirigidos a población abierta de escasos recursos, comprendida por menores, adolescentes, adultos, personas con discapacidad y adultos mayores, considerando sus condiciones de pobreza, marginación y vulnerabilidad social, se brindan por única vez, de acuerdo a las necesidades específicas de la población, y pueden ser de la siguiente manera:
La Dirección de Rehabilitación y Asistencia Social del DIF Nacional está facultada para autorizar apoyos, cuyo importe máximo de adquisición sea de $10,000.00 consistentes en: compra de medicamentos, órtesis, prótesis y ayudas funcionales (lentes intraoculares, aparatos auditivos, material ortopédico, etc.), servicios funerarios, incluyendo traslado del cadáver; albergue a beneficiarios foráneos, por atención médica y pasaje foráneo nacional vía terrestre, en el caso de los apoyos cuyo monto sea mayor a $10,000.00 y menor a $100,000.00, dependiendo de la valoración y de la gravedad del caso, para la compra de material de cirugía, pago de hospitalización y cirugías programadas, la Dirección de Rehabilitación y Asistencia Social deberá informar al Comité de Apoyos Extraordinarios. En el concepto 7500, se tiene una asignación de 2 millones de pesos para este tipo de apoyos, la cual quedará sujeta a la demanda de la población beneficiaria.
Orientación Jurídica y Social
A través de esta vertiente, el DIF Nacional no otorga apoyos económicos.
Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
Mediante esta vertiente, se otorgan apoyos directos a las actividades de Prevención y Atención del Embarazo en Adolescentes, Prevención de Riesgos Psicosociales, Atención a la Salud del Niño, Centros Asistenciales de Desarrollo Infantil y Centros de Asistencia Infantil Comunitarios.
Estado |
Importe |
Estado |
Importe |
Estado |
Importe |
Estado |
Importe |
Aguascalientes |
180,644.57 |
Durango |
132,000.00 |
Nayarit |
180,785.03 |
Sonora |
113,859.24 |
B. California |
207,251.10 |
Guanajuato |
202,255.09 |
Nuevo León |
167,920.98 |
Tabasco |
158,588.13 |
B. C. Sur |
183,823.97 |
Guerrero |
186,216.35 |
Oaxaca |
143,645.49 |
Tamaulipas |
125,723.32 |
Campeche |
160,689.06 |
Hidalgo |
159,891.59 |
Puebla |
146,658.60 |
Tlaxcala |
129,569.37 |
Coahuila |
207,970.75 |
Jalisco |
149,285.56 |
Querétaro |
171,477.70 |
Veracruz |
129,455.08 |
Colima |
210,828.73 |
México |
166,605.08 |
Q. Roo |
177,254.81 |
Yucatán |
173,697.54 |
Chiapas |
185,165.27 |
Michoacán |
173,163.69 |
S. L. Potosí |
193,004.81 |
Zacatecas |
149,719.23 |
Chihuahua |
189,532.27 |
Morelos |
149,005.10 |
Sinaloa |
165,812.49 |
Total |
5’171,500 |
Apoyos directos, orientados a promover la estancia escolar de niñas, niños y adolescentes.
Estado |
Importe |
Estado |
Importe |
Estado |
Importe |
Estado |
Importe |
Aguascalientes |
220,800.00 |
Durango |
413,800.00 |
Nayarit |
336,600.00 |
Sonora |
298,800.00 |
B. California |
295,600.00 |
Guanajuato |
265,600.00 |
Nuevo León |
474,200.00 |
Tabasco |
310,600.00 |
B. C. Sur |
315,200.00 |
Guerrero |
277,000.00 |
Oaxaca |
223,600.00 |
Tamaulipas |
392,800.00 |
Campeche |
304,800.00 |
Hidalgo |
297,400.00 |
Puebla |
286,200.00 |
Tlaxcala |
215,600.00 |
Coahuila |
382,400.00 |
Jalisco |
409,200.00 |
Querétaro |
282,400.00 |
Veracruz |
299,000.00 |
Colima |
333,400.00 |
México |
634,800.00 |
Q. Roo |
403,400.00 |
Yucatán |
473,200.00 |
Chiapas |
235,200.00 |
Michoacán |
311,200.00 |
S. L. Potosí |
327,000.00 |
Zacatecas |
268,600.00 |
Chihuahua |
293,000.00 |
Morelos |
196,800.00 |
Sinaloa |
321,800.00 |
Total |
10’000,000 |
La oferta institucional considera como beneficiarios principales del Programa de Atención a Población en Desamparo, a 2’052,660 personas en los siguientes grupos de riesgo y vulnerabilidad:
CATEGORIAS DE POBLACION |
PERSONAS |
Personas en situación vulnerable |
35,649 |
Madres adolescentes |
73,940 |
Niñas y niños en edad escolar |
9,331 |
Mujeres en edad adulta |
13,310 |
Personas de comunidades en situación vulnerable |
1,751,623 |
Niñas y niños menores de seis años |
88,589 |
Adultos y personas de la tercera edad |
2,711 |
Migrantes |
8,000 |
Menores trabajadores |
25,464 |
Menores en situación de riesgo |
38,763 |
Para determinar la población beneficiaria, se utilizan indicadores directos e indirectos de vulnerabilidad y marginación disponibles en los ámbitos nacionales, estatales y locales, asimismo, se debe de considerar el total de la demanda, tomando como base la prioridad, de acuerdo a los índices de marginación establecidos por el Consejo Nacional de Población (CONAPO), índice de desnutrición infantil, índice de mortalidad infantil, índice de deserción escolar, índice de familias monoparentales con jefatura femenina, entre otros.
El acceso de las personas en situación vulnerable al Programa de Atención a Población en Desamparo, se efectúa a partir de los siguientes criterios: Universalidad, Equidad y Focalización.
Universalidad, entendida como el derecho de toda la población en situación vulnerable, que obliga al DIF en su papel de rector de la asistencia social, a desarrollar y promover la aplicación de programas, estrategias, recursos e instrumentos que les permitan prevenir la vulnerabilidad en la familia, disminuyendo de manera significativa situaciones de riesgo y desventaja social.
Equidad, acceso igualitario a los servicios y apoyos a la población en situación vulnerable, sin distinción de ningún tipo o cualquier forma de exclusión o discriminación basada en género, edad o pertenencia étnica o religiosa.
Focalización, direccionalidad de esfuerzos y recursos destinados a equilibrar las diferencias y desventajas sociales, en este caso de la población en situación vulnerable, tendiente a la creación progresiva de oportunidades para lograr su desarrollo humano, integración familiar y social.
4.4.1.1. Elegibilidad (Requisitos y Restricciones)
La elegibilidad de las personas en situación vulnerable, susceptibles de ser incorporadas a las acciones del Programa de Atención a Población en Desamparo, se realizará de conformidad con los propósitos que al efecto se señalan de manera específica en cada uno de ellos, la problemática que enfrenten de manera particular, así como las características de la población objetivo a quienes están dirigidos.
Cabe señalar que en ningún caso los apoyos otorgados deberán entregarse a líderes de grupos u organizaciones civiles y/o políticas, esto a fin de evitar malos manejos o condicionamiento de cualquier especie para la entrega de los apoyos.
Requisitos
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
Para atención en Centros Asistenciales: Permitir su valoración social, mediante una prevaloración documental o mediante el estudio socioeconómico, una valoración psicológica y del estado de salud; permitiendo al personal de la Institución las visitas domiciliarias y entrevistas necesarias, presentándose a los lugares que se le indiquen, así como proporcionar la información y/o documentación que se le solicite.
Para la autorización de ayudas económicas y en especie: Permitir la valoración similar al punto anterior, excepto la valoración psicológica y del estado de salud.
Para el caso de Campamentos Recreativos: Permitir la realización de estudios institucionales, por personal de la Institución, mediante visitas a los centros solicitantes, entrevistas con los directores o representantes de los mismos, y proporcionando la información y/o documentación que se les solicite.
Orientación Jurídica y Social
La Dirección de Asistencia Jurídica se encarga de la regularización de la situación jurídica de los menores ingresados en las Casas Cuna y Hogar, así como en los procesos legales de adopción de dichos menores. Los procesos de adopción no tienen ningún costo y durante los mismos, los menores se encuentran bajo tutela del Sistema DIF Nacional.
Por otra parte, es a la propia Dirección de Asistencia Jurídica a quien corresponde recibir las solicitudes de adopción nacional e internacional, las cuales forman parte de un expediente que, en los trámites que lleva a cabo el DIF Nacional, debe contener los siguientes documentos y constancias, mismos que pueden ser considerados por los Sistemas Estatales DIF:
Para solicitantes de Adopción Nacional:
I. Carta manifestando la voluntad de adoptar, señalando la edad y sexo del menor que se pretende adoptar.
II. Entrevista con el área de trabajo social del Centro Asistencial.
III. Llenar la solicitud proporcionada por la Institución.
IV. Una fotografía a color tamaño credencial, de cada uno de los solicitantes.
V. Dos cartas de recomendación de personas que conozcan al/los solicitantes, que incluya domicilio y teléfono de las personas que los recomiendan.
VI. Fotografías tamaño postal a color, tomadas en su casa, que comprenda fachada, sala, comedor, recámaras; así como de una reunión familiar o en un día de campo (a criterio del o de los solicitantes).
VII. Certificado médico de buena salud del o de los solicitantes, expedido por institución oficial.
VIII. Constancia de trabajo, especificando puesto, antigüedad y sueldo.
IX. Copias certificadas del acta de nacimiento de los solicitantes y acta de matrimonio, según el caso.
X. Comprobante de domicilio.
XI. Identificación oficial de cada uno de los solicitantes.
XII. Estudio socioeconómico y psicológico que practicará la propia institución.
XIII. Que el o los solicitantes, siempre acudan a las entrevistas programadas de común acuerdo con la institución.
XIV. Aceptación expresa de que la Institución realice el seguimiento del menor dado en adopción.
Para solicitantes de Adopción Internacional:
I. Mismos requisitos del solicitante de nacionalidad mexicana, traducidos al idioma español por perito autorizado en su país y debidamente legalizados y apostillados.
II. Estudios socioeconómicos y psicológicos, practicados por institución pública o privada de su país de origen, debidamente traducidos al idioma español, por perito autorizado en su país y debidamente legalizados y apostillados.
III. Autorización del país de origen o de residencia, para adoptar a un menor mexicano.
IV. Aceptación expresa de tener una convivencia mínima de una semana y máxima de tres, con el menor asignado en la ciudad en que se ubique el Centro Asistencial, la que se llevará a cabo, previamente al procedimiento judicial de adopción.
V. Aceptación expresa de que la institución realice el seguimiento del menor dado en adopción, a través de autoridades mexicanas en su país de origen.
Para solicitantes de Adopción Internacional, residentes de un país donde resulte aplicable la Convención sobre la Protección de Menores y la Cooperación en materia de Adopción Internacional:
I. Enviar por conducto de su autoridad central o entidad colaboradora:
a) Certificado de idoneidad.
b) Estudio psicológico.
c) Estudio socioeconómico.
d) Certificado de antecedentes no penales.
e) Certificado médico.
f) Constancia de ingresos.
g) Copia certificada del acta de nacimiento de los solicitantes y de matrimonio, en su caso.
h) Fotografías tamaño postal a color, de todas y cada una de las habitaciones que conforman su residencia, así como de la fachada y patios, además de fotografías de una reunión familiar donde intervengan los solicitantes.
i) Una vez que el Sistema Nacional o Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia haya remitido a la autoridad central del país de recepción el informe sobre la adoptabilidad y características del menor propuesto en adopción, los solicitantes a través de su autoridad central o de la entidad colaboradora deberán hacer llegar la autorización para que el menor adoptado ingrese y resida permanentemente en el país.
II. Aceptación expresa de tener una convivencia mínima de una semana y máxima de tres, con el menor asignado en la ciudad donde se ubique el centro asistencial, la que se llevará a cabo previamente al procedimiento judicial de adopción.
III. Aceptación expresa de que el DIF Nacional realice el seguimiento del menor dado en adopción, a través de las autoridades consulares mexicanas, en el país de recepción.
IV. Una vez que el Sistema Nacional o Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia haya remitido a la autoridad central del país de recepción, el informe sobre la adoptabilidad y características del menor propuesto en adopción, los solicitantes a través de su autoridad central o de la entidad colaboradora, deberán hacer llegar la autorización para que se inicie el proceso jurisdiccional correspondiente.
V. Todos los documentos deberán ser traducidos al idioma español por perito autorizado en su país y debidamente legalizados y apostillados.
Finalmente, la Dirección de Asistencia Jurídica determina en cuál de las Casas Cuna u Hogar se efectuará el trámite y se procede a enviar la documentación que integra el expediente, debiendo recabar la firma de autorización de adopción del Director General del DIF Nacional (previo dictamen del Consejo Técnico de Adopciones); posteriormente, se inician las diligencias judiciales de adopción, por parte de los solicitantes, para las cuales, el DIF Nacional presenta:
Acta de Registro del menor
Certificado médico del menor
Consentimiento de la Casa Cuna/Hogar
Nombramiento del Director de la Casa Cuna/Hogar
Estudio socioeconómico
Estudio psicológico a petición expresa del juzgado
Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
La mayoría de los menores que reciben servicios para la prevención de riesgos, no cuenta con ninguna prestación de seguridad social, por lo que el único requisito es encontrarse en una situación de desamparo, de riesgo, o de vulnerabilidad social.
Sólo en el caso del otorgamiento de becas, el proceso de elegibilidad de las niñas, niños y adolescentes en riesgo de deserción escolar, susceptibles de ser beneficiarios de algunos de los tipos de becas, se basa en los lineamientos elaborados por el DIF Nacional que consisten en tener como mínimo doce meses de radicar en la entidad, valoración interdisciplinaria (bio-psicosocial) en el estudio social y proceso de trabajo en la integración individual y grupal del menor y su familia; la beca académica será proporcionada para cursar los niveles de primaria y secundaria; para ser beneficiado con una beca de capacitación, se sugiere haber concluido la educación media (secundaria); carta compromiso de los padres o tutor de retirar al menor de la actividad laboral durante el periodo en que haga uso de la beca.
Restricciones
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
No se otorgará atención asistencial, apoyo directo, en especie o servicio en los Centros Asistenciales, y a personas que derivado de la evaluación social o estudio socioeconómico se identifique que:
Cuentan con recursos económicos que le den accesibilidad a otros servicios
Cuentan con familia y/o vínculos institucionales que promuevan su desarrollo
Orientación Jurídica y Social
No existen restricciones en esta vertiente de atención.
Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
No existen restricciones en esta vertiente de atención.
4.4.1.2. Transparencia (Métodos y Procesos)
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
Con el propósito de asegurar la transparencia en el ingreso de los beneficiarios a los Centros Asistenciales, se realiza una valoración interdisciplinaria que incluye valoración social, médica y psicológica, que permitan conocer las condiciones de vida del candidato, en su núcleo familiar, investigar si hubiera rechazo o abandono, elaborando el diagnóstico de necesidad que presenta el posible beneficiario, determinando así el DIF Nacional el ingreso a sus Centros Asistenciales o bien, canalizando o derivando el caso a otra Institución pública o privada, para que les proporcionen alternativas que coadyuven a la solución de su problemática específica.
En lo que se refiere a la autorización de apoyos económicos y en especie, se realiza un estudio socioeconómico similar al descrito para los Centros Asistenciales, se integra el expediente correspondiente con la información comprobatoria de los requisitos anteriores y se determina la aprobación o rechazo de la solicitud, mediante un dictamen de la Dirección de Rehabilitación y Asistencia Social que define si el solicitante cubre con el perfil de escasos recursos y está en condición de vulnerabilidad.
Para el caso de las solicitudes de servicios de atención en los Campamentos Recreativos ubicados en 7 entidades federativas de la República, se realizan por parte del DIF Nacional y en coordinación con los Sistemas Estatales, estudios institucionales por profesionales del área de trabajo social, mediante visitas a los centros solicitantes y entrevistas con los directores o representantes de los mismos, considerando los siguientes criterios: (datos generales de la institución, antecedentes, objetivos de la institución, población que atiende, capacidad instalada, programas de trabajo, acta constitutiva que demuestre que no tiene fines de lucro, justificación de la visita al campamento, recursos con los que cuenta y evaluación).
A efecto de otorgar la mayor transparencia en el destino de los recursos del programa, se deberá tener la información completa y oportuna de los beneficiarios que se están atendiendo, el cual se considera como el registro básico, que testifique la cantidad de beneficiarios que se atiende en el programa.
La transparencia en la aplicación de los recursos para el desarrollo de capacidades productivas y de autogestión, se basa en que las personas o jefes de familia beneficiadas, deberán firmar de recibido en el formato que el Sistema Estatal DIF elabore para tal fin, donde se describirá de manera clara el tipo de apoyo que se otorga, así como la temporalidad del mismo.
Orientación Jurídica y Social
Para garantizar la claridad en los procedimientos de adopción, las Casas Cuna y las Casas Hogar para Menores, notifican mensualmente el número y nombre de los solicitantes, así como su avance en el proceso, otra de las acciones importantes es agilizar la resolución jurídica del beneficiario.
Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
El establecimiento de mecanismos para el control y registro en la prevención de riesgos en la infancia y adolescencia, estará dado por las características y requisitos que deberán de ser cubiertos al momento de ser incorporados a los diferentes servicios y ámbitos de trabajo definidos, en materia de prevención o atención.
Asimismo, los Sistemas Estatales y Municipales DIF, enviarán al DIF Nacional el Padrón correspondiente de las niñas, niños y adolescentes que reciben alguno de los dos tipos de becas, quedando obligados a notificar de los cambios por sustitución, deserción o alguna otra causa.
4.4.2. Derechos y obligaciones
Derechos
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
La población en situación vulnerable incorporada a las diversas acciones del Programa de Atención a Población en Desamparo, tiene derecho a recibir una atención humana y de calidad, que les permita aprovechar los servicios y apoyos que se les otorgan para desarrollar plenamente sus capacidades.
Asimismo, la población beneficiaria de los apoyos para el desarrollo de capacidades productivas y de autogestión, tiene derecho, en caso de que lo requiera, a recibir capacitación y asesoría, a través de los Sistemas Estatales DIF para el desarrollo de los proyectos productivos autorizados.
Orientación Jurídica y Social
En los trámites relacionados con la asesoría jurídica y los procesos de adopción, los beneficiarios tienen derecho a estar informados permanentemente sobre el estado que guarda su proceso legal.
Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
Los menores que se atienden para la prevención de riesgos, tienen derecho a recibir una atención humana y de calidad, que les permita aprovechar los servicios y apoyos que se les otorgan para desarrollar plenamente sus capacidades.
Obligaciones
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
Los beneficiarios de la atención en Centros Asistenciales y unidades de atención, se comprometen a cumplir las normas y reglamentos establecidos, participar de manera periódica y constante en las acciones informativas de prevención.
Cuando sean beneficiarios de apoyos en especie, estarán obligados a proporcionar la información necesaria en forma veraz y precisa, así como la documentación requerida para el otorgamiento y, en caso de los apoyos económicos, hacer un buen uso del recurso, proporcionando información y colaborando con el personal de trabajo social para el seguimiento del caso.
En el caso de los Campamentos Recreativos, se debe cumplir con los requisitos señalados en los otros Centros Asistenciales, y el grupo participante debe apegarse a algunos requisitos adicionales, que consisten en que el grupo beneficiario debe ser acompañado por un médico, un responsable por cada 10 asistentes (que sepa nadar), y para personas con discapacidad, uno por cada cinco beneficiarios. Todos los participantes deben contar con buen estado de salud.
De igual forma, éstos deben firmar una carta compromiso aceptando los derechos y obligaciones que adquieren como beneficiarios de este servicio; en caso de incumplimiento de sus obligaciones, así como el desacato al reglamento interior el servicio será cancelado.
Cabe señalar que los familiares de los usuarios en los Centros Asistenciales y los que se derivan a Instituciones de Asistencia privada tienen obligación de cumplir con las visitas establecidas por el DIF Nacional, así como participar en la atención del beneficiario durante su estancia y, si fuera el caso, en los trámites y costos por fallecimiento.
Adicionalmente, a la obligación de los adultos mayores en situación de vulnerabilidad social, atendidos en los Centros Asistenciales, de observar las normas internas de conducta y disciplina hacia sus compañeros y directivos del Centro Asistencial, y con objeto de favorecer la corresponsabilidad de los beneficiarios, se aplica una cuota de recuperación; a través de estas cantidades se restituye parcial o simbólicamente, en pago mensual, los servicios o beneficios en especie de los que son objeto, y que son aportadas directamente por los beneficiarios o por sus familiares.
En contrapartida, se comprometen a respetar y cumplir las normas y reglamentos que se establezcan en el caso de centros y unidades de atención; de participar de manera periódica y constante en las acciones informativas de prevención; y de cumplir con los requisitos que se establezcan cuando sean beneficiarios de apoyos directos.
CUOTAS MENSUALES POR SERVICIO
(cifras en pesos)
INGRESO FAMILIAR |
INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR |
|||
|
2 a 4 |
5 a 6 |
7 o más |
Especial |
MENOR A 1 SALARIO MINIMO |
$228.00 |
$171.00 |
$114.00 |
Exento |
DE 1 A 2 SALARIOS MINIMOS |
$456.00 |
$342.00 |
$228.00 |
Exento |
MAS DE 2 A 3 SALARIOS MINIMOS |
$664.00 |
$513.00 |
$342.00 |
Exento |
MAS DE 3 A 4 SALARIOS MINIMOS |
$912.00 |
$684.00 |
$456.00 |
Exento |
El adulto mayor que no tenga una familia o que no cuente con el apoyo económico de la misma, así como de algún tipo de ingreso económico, queda incluido en la categoría especial, es decir, exento de pago.
Asimismo, la población beneficiaria de los apoyos para el desarrollo de capacidades productivas y de autogestión, deberá aplicar los conocimientos adquiridos en los procesos de capacitación, así como llevar a cabo la conclusión del proyecto autorizado.
Orientación Jurídica y Social
En los trámites relacionados con la asesoría jurídica y los procesos de adopción, los beneficiarios tienen la obligación de presentarse a las comparecencias procesales, tanto internas como de los juzgados, cuando así se requiera.
Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
Las niñas, niños y adolescentes en situación vulnerable incorporados a las diversas acciones de atención, protección a la infancia y adolescencia, se comprometerán a respetar y cumplir las normas y reglamentos que se establezcan en el caso de centros y unidades de atención; de participar de manera periódica y constante en las acciones informativas de prevención; y de cumplir con los requisitos que se establezcan cuando sean beneficiarios de apoyos directos.
4.4.3. Cancelación del Servicio
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
Los parámetros para la suspensión temporal o definitiva de los servicios, se encuentran en los reglamentos internos del DIF Nacional, cuya copia se encuentra disponible en cada uno de los Centros Asistenciales. Por lo tanto el incumplimiento a las normas, políticas y cláusulas de los mismos, será causa de retención o suspensión del servicio, así como a solicitud del usuario.
En caso de que exista duplicidad en los subsidios económicos por instituciones gubernamentales, ésta será suspendida por parte del DIF Nacional.
Orientación Jurídica y Social
En lo que se refiere a los servicios de orientación jurídica y social, la suspensión de éstos, únicamente se da por abandono del beneficiario o inasistencia permanente a su tratamiento, juicio, convenio o asesoría social.
Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
En aquellos casos en que los beneficiarios o sus familiares no acaten el cumplimiento de las normas y obligaciones establecidas en la prestación de los servicios y acciones de los Programas de Atención y Protección a la Infancia, serán sujetos de las sanciones correspondientes establecidas, que pueden ser desde los retiros de apoyos directos o la cancelación del acceso a los servicios.
5.1. Coordinación institucional
El DIF Nacional, de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 de la Ley sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social, tiene el carácter de coordinador de la Asistencia Social del sector gubernamental, así como de las Instituciones y Organismos privados. En este sentido, fomentará la permanente interacción con instancias nacionales e internacionales, así como con dependencias y entidades de los tres niveles de gobierno, a efecto de asegurar respuestas integrales a las demandas de los beneficiarios y evitar duplicidades.
El DIF Nacional supervisará que no se dupliquen apoyos federales dirigidos a la misma población beneficiaria, en caso de que se presente concurrencia de esfuerzos en materia de atención integral a población en desamparo, el DIF Nacional será el responsable de continuar brindando el apoyo a la población o bien, de establecer los esquemas de coordinación correspondientes con los otros programas.
Derivado de los lineamentos emitidos por el DIF Nacional que determinan el ámbito de operación de este programa, se cuenta con la participación de los DIF Estatales, para promover el equilibrio en la prestación de los servicios asistenciales en cada entidad federativa, garantizando el otorgamiento de los servicios a la población que los requiera; coordinando los esfuerzos de los diferentes actores y promoviendo el incremento de la capacidad instalada de las Instituciones Asistenciales y fomentando a su vez la participación social en la política asistencial.
Los Sistemas Estatales DIF difunden a los Sistemas Municipales, los lineamientos que para tales efectos emite el DIF Nacional para regir el desarrollo del programa en el estado; por su parte, los municipios participan de manera sustantiva en la operación y son la primer instancia de generación de información, misma que se canaliza hacia los ámbitos estatales y federales.
Finalmente, el DIF Nacional suscribe convenios de colaboración con asociaciones civiles de asistencia social y privada, nacionales e internacionales, que tienen por finalidad conjuntar esfuerzos para servir mejor a quienes más lo necesitan, porque enfrentan situaciones de maltrato, orfandad, discapacidad; proporcionándoles atención con calidad y calidez, en un medio favorable para su desarrollo integral de la familia, garantizando su seguridad física y jurídica.
Para la aplicación de las acciones previstas en los Programas de Atención y Protección a la Infancia y Adolescencia se considera que a partir de la normatividad y lineamientos diseñados y desarrollados por el DIF Nacional sean los Sistemas Estatales DIF quienes junto con los Sistemas Municipales DIF, apliquen e instrumenten las acciones de manera directa con las niñas, niños, adolescentes y familias en situación vulnerable.
5.1.2. Instancia(s) Normativa(s)
Corresponde al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, el diseño, elaboración y divulgación de la normatividad que rige la ejecución del programa al que se refiere en estas Reglas de Operación, así como la supervisión y vigilancia en el cumplimiento de las metas operativas y de gasto, lo cual comprenderá acciones de promoción, difusión, capacitación, asesoría, asistencia técnica, supervisión y control.
Asimismo, DIF Nacional debe coordinar acciones con los Sistemas Estatales, Organismos Públicos y Privados y con las Organizaciones no Gubernamentales, los apoyos que permitan estructurar y aterrizar las estrategias de atención a la población objetivo, a través de la firma de convenios de colaboración.
5.1.3. Instancia(s) Control y Vigilancia
El DIF Nacional, su Organo de Control Interno y la SECODAM en su carácter normativo y rector en el ámbito nacional, son responsables del cumplimiento y supervisión del programa.
Asimismo, en el caso de los recursos que se radiquen a las entidades en apoyo a la operación de los programas, los Organos Estatales de Control y la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social de la SECODAM, vigilarán su aplicación de acuerdo a los lineamientos que al efecto se elaboren de forma anual, tanto en el destino como en la oportunidad de la comprobación, ello con base a los Acuerdos que al respecto suscriben el titular de la SECODAM con los Ejecutivos Estatales.
El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, como Institución responsable del Programa de Atención a Población en Desamparo, conjuntamente con las instancias ejecutoras, serán las encargadas de las acciones de difusión y divulgación de los mismos, a través de la página WEB de Internet con que cuenta la Institución, cuya dirección es www.dif.gob.mx, así como en eventos, congresos, talleres, encuentros y seminarios y materiales impresos como trípticos, folletos, boletines y carteles, dirigidos a instancias ejecutoras, población objetivo y comunidades, en estas tres vertientes de atención, los materiales impresos dirigidos a la instancia ejecutora, población objetivo y comunidades, deberán contener la siguiente leyenda: “Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
El DIF Nacional tomará conocimiento de las políticas gubernamentales, cambios en la legislación en materia de Asistencia Social, los consolida y cumple con su responsabilidad de difusión, cuando emite lineamientos generales normativos que sirven para regir el desarrollo de los programas que a través de los Sistemas Estatales DIF, se difunden a los Sistemas Municipales para que participen de manera sustantiva en la operación de los programas y son la primera instancia de generación de información, misma que se canaliza hacia los ámbitos estatales y federales.
El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia realizará la labor de promoción del programa del ámbito de su competencia entre los Sistemas Estatales y Municipales DIF, así como ante Instituciones Públicas, Organismos de la Sociedad Civil y la población en general, fomentando la permanente interacción con instancias nacionales e internacionales, y a través de programas de radio a los que asiste personal de la Institución.
Esta tarea se realizará mediante diversas actividades, entre las que se encuentran visitas para exponer los objetivos y propósitos de los programas a las autoridades del Sistema DIF, participación en foros y talleres internacionales, nacionales, locales y regionales en donde se aborden la problemática y temas inherentes a la atención y protección de la población vulnerable, conferencias y entrevistas en medios electrónicos de comunicación, entre otros.
A su vez en el ámbito local, corresponderá a los Sistemas Estatales DIF efectuar lo conducente ante los Sistemas Municipales DIF.
La promoción para las acciones de atención y prevención en las familias de comunidades en situación vulnerable, se realizan acudiendo directamente a las comunidades previamente identificadas por los Sistemas Estatales y Municipales DIF.
Derivado de los lineamentos emitidos por el DIF Nacional que determinan el ámbito de operación de este programa, se cuenta con la participación de los DIF Estatales para promover el equilibrio en la prestación de los servicios asistenciales en cada entidad federativa, garantizando el otorgamiento de los servicios a la población que los requiera; coordinando los esfuerzos de los diferentes actores y promoviendo el incremento de la capacidad instalada de las instituciones asistenciales y fomentando a su vez la participación social en la política asistencial.
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
En el caso de la atención que se presta a través de los Centros Asistenciales, se lleva a cabo una valoración social que permite identificar al sujeto de asistencia social, ésta se realiza a través de una prevaloración documental o mediante el estudio socioeconómico, realizado por profesionales del área de trabajo social, mediante visitas domiciliarias y entrevistas, considerando las siguientes variables: datos generales de identificación del beneficiario y sus familiares (nombre, fecha de nacimiento, Clave Unica de Registro de Población (CURP), domicilio, parentesco, edad, sexo, estado civil, escolaridad); ocupación; tipo de empleo (permanente, temporal o eventual); ingresos y egresos familiares; estado de salud de los padres o tutores; historia y dinámica familiar y social (alcoholismo, vagancia, prostitución, adicciones); servicios de seguridad social con que se cuenta, servicios de la vivienda, hacinamiento; promiscuidad; mobiliario; características de la zona habitacional; antecedentes del caso que motiva la solicitud de servicio y situación jurídica. De igual manera se realiza una valoración psicológica y del estado de salud del solicitante.
Una vez integrado el expediente con la información comprobatoria de los requisitos anteriores, se determina la aprobación o rechazo mediante un dictamen, el cual determina si el solicitante cubre o no, con el perfil de ingreso determinado por el Centro Asistencial.
Las personas que no cumplan con el perfil de ingreso a los Centros Asistenciales, son canalizados a las Instituciones de Asistencia Privada y Asociaciones Civiles que se encargan de proporcionar este tipo de servicio, de acuerdo con los convenios suscritos entre el DIF Nacional y esas Instituciones.
Para la autorización de ayudas económicas y en especie, se realiza un estudio socioeconómico similar al descrito para los Centros Asistenciales y se integra el expediente correspondiente.
Una vez integrado el expediente con la información comprobatoria de los requisitos anteriores, se determina la aprobación o rechazo de la solicitud, mediante dictamen del área correspondiente, que determina si el solicitante cubre con el perfil de escasos recursos y de condición de vulnerabilidad.
Para el caso de Campamentos Recreativos, se realizan estudios institucionales por profesionales del área de trabajo social, mediante visitas a los centros solicitantes y entrevistas con los directores o representantes de los mismos.
La autorización
para el uso de los Campamentos Recreativos a Instituciones públicas o privadas
en el Distrito Federal, depende de la Dirección de Rehabilitación y Asistencia
Social, la cual mediante solicitud previa, realiza valoración por escrito, para
decidir si procede o no la petición, de acuerdo a un estudio institucional que
considera los siguientes criterios: (datos generales de la institución,
antecedentes, objetivos de la institución, población que atiende, capacidad
instalada, programas de trabajo, acta constitutiva que demuestre que no tiene
fines de lucro, justificación de la visita al campamento, recursos con los que
cuenta
y evaluación).
En el caso de las solicitudes de Instituciones ubicadas fuera del Distrito Federal, la participación de las entidades federativas en este Programa, es a través de sus DIF Estatales, los cuales vigilan el cumplimiento de los lineamientos de autorización emitidos por el DIF Nacional.
El DIF Nacional, como uno de sus compromisos fundamentales es su participación en la regulación de la situación jurídica y en el proceso legal de adopción de los menores ingresados en las Casas Cuna y Casas Hogar, tanto de solicitantes nacionales y del extranjero, actuando también como autoridad central y normativa en materia de adopciones internacionales, de conformidad a lo previsto en la Convención sobre Protección de Menores y de Cooperación en Materia de Adopción Internacional.
Los menores que ingresan a estas casas, provienen en su mayoría del Albergue Temporal de la Procuraduría General de Justicia del D.F., los cuales se encuentran relacionados con una averiguación previa. Otra forma de ingreso se realiza cuando el padre o la madre entregan voluntariamente al niño en los Centros de Asistencia del DIF Nacional.
En el proceso para la incorporación de personas en desamparo a los Centros Asistenciales, las áreas de trabajo social imparten pláticas de inducción, todo candidato debe someterse a un proceso integral de valoración, mediante el cual se determina si cubre el perfil de acceso a los servicios asistenciales. Para las Instituciones de Asistencia Privada, con las que el DIF Nacional tiene convenios, cada institución determina el acceso de los casos referidos, de acuerdo a sus propios lineamientos.
La valoración multidisciplinaria de los Centros Asistenciales del DIF Nacional, incluye los estudios psicológicos, médicos, de lenguaje, conductual, psiquiátricos (este último sólo en el caso de adultos mayores) y de trabajo social. Una vez dictaminada la procedencia de la solicitud, se canaliza al beneficiario al Centro Asistencial correspondiente, donde es incluido en el registro de beneficiarios, procediendo a la apertura de su expediente, que contiene el dictamen, la documentación personal del beneficiario, su CURP y revalorizaciones semestrales en seguimiento de los diagnósticos, tratamientos y su evolución. También para los beneficiarios de Instituciones con convenio, el expediente debe de contar con la misma documentación.
En el caso de los apoyos económicos y en especie, se realiza una valoración socioeconómica por escrito, la cual se integra al expediente conformado por el dictamen, fotografías, identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio, comprobantes de ingresos, pagos de servicios, solicitud de apoyo por escrito y resúmenes y prescripciones médicas, en caso de los apoyos en especie.
Para los Campamentos Recreativos, se realiza una valoración institucional por escrito, la cual se integra al expediente conformado por la solicitud de visita y oficio de petición, así como el padrón de beneficiarios de la Institución solicitante.
Por lo que respecta a la atención de familias en comunidades en situación vulnerable, las actividades se orientan a la conformación de grupos comunitarios en los que se llevan acciones de sensibilización y concientización, en torno a las posibilidades de mejorar las condiciones de vida, a través de la participación de una organización que cuente con acciones bien definidas y de interés común.
Dado que una de las características es la gestión colectiva, la cual supone una participación amplia de los miembros en la toma de decisiones, propiciando con esto que su funcionamiento sea autónomo y autogestivo se plantea que las formas organizativas se orienten al desarrollo de proyectos productivos de autogestión.
La organización comunitaria implica compromiso y participación en la toma de decisiones, constituyéndose en la base que sustenta la operación de los proyectos, por ello la implementación del programa se efectuará respetando las formas locales de organización y participación social e impulsando mecanismos democráticos y planes para la definición de prioridades de trabajo y designación de responsabilidades.
El grupo establecerá la organización interna del trabajo, para lo que se requiere: coordinar las actividades de conformación de un comité u otra forma organizativa definida por la comunidad, con la representación de cada una de las familias interesadas.
De igual forma se debe realizar la elección en asamblea, del grupo responsable de la operación del proyecto, los integrantes de la mesa directiva o responsables de la organización interna efectuarán las funciones anteriormente descritas. Cabe señalar que el número de integrantes podrá cambiar, sin embargo deberá preverse la realización de todas las funciones.
Es indispensable recalcar que el número de integrantes de la organización y la duración de los mismos en responsabilidades específicas, deberá ser definido en una asamblea, la cual se constituye como la máxima instancia de decisión.
Orientación Jurídica y Social
En lo que corresponde a los trámites de adopción a seguir por el DIF Nacional, una vez obtenida la documentación descrita en el apartado 4.4.1.1 (requisitos), dicha documentación se anexa al escrito inicial para la diligencia de adopción, procediendo el DIF Nacional a la valoración de los solicitantes por conducto del área de psicología.
Si la solicitud es aceptada por las áreas de trabajo social y de psicología, es sometida a la valoración del Consejo Técnico integrado por el Director del Centro Asistencial, los Coordinadores Técnicos y los responsables de área de dichos Centros Asistenciales. En caso de ser procedente, se realiza la asignación del menor; se asigna fecha y se da seguimiento al proceso de adopción por parte de las áreas de psicología, trabajo social y por el Director del Centro Asistencial. Durante todo el proceso, se les proporciona apoyo jurídico, hasta la emisión del dictamen final de adopción plena.
Con fundamento en el Reglamento Interno de las Casas Cuna y Hogar dependientes del DIF Nacional, el seguimiento de los casos de adopción se realiza de la siguiente manera:
Cuando la adopción es realizada por ciudadanos mexicanos, personal de psicopedagogía y de trabajo social de la Casa Cuna/Hogar, donde se llevó a cabo la adopción, realizan visitas domiciliarias por un lapso de seis a doce meses, de acuerdo al resultado de la valoración efectuada por dicho personal, posteriormente a la entrega oficial del menor adoptado al o a los padres adoptantes, con la finalidad de constatar su adaptación e integración a la familia.
En caso de que el menor tenga su domicilio habitual en el Distrito Federal, personal de los Centros Asistenciales será el responsable del seguimiento; cuando se localice en el interior de la República, el seguimiento lo efectuará personal de los Sistemas Estatales y Municipales DIF.
Cuando la adopción la realizan extranjeros, el seguimiento lo llevan a cabo las autoridades mexicanas en el país de origen de los adoptantes, por un plazo de hasta dos años y si del resultado de las valoraciones efectuadas por los consulados mexicanos, se desprende la necesidad de continuar con el seguimiento, se señalará un plazo que no excederá de tres años.
Para atender los asuntos relacionados con la violencia familiar o maltrato a menores, así como a otros servicios derivados de la asesoría jurídica en materia familiar, se atiende a población abierta derivada por DIF Estatales, dependencias del Ejecutivo Federal y/o personas que asisten por iniciativa propia.
Asimismo, se atienden reportes de violencia familiar o maltrato, tanto del interior de la República, como locales; los cuales se reciben por vía telefónica, escrita o personal en días y horas hábiles. Los reportes del interior de la República son enviados al DIF Estatal correspondiente.
En cuanto a los reportes locales, previa investigación, se derivan al área o institución correspondiente, para cuyos efectos se elaboran los estudios, supervisándose técnicamente el tratamiento otorgado y el avance de los casos atendidos. Todas estas acciones se operan en coordinación con Instituciones Públicas y Privadas.
De igual forma, se proporciona asistencia jurídica en Centros Asistenciales para adultos mayores, a fin de lograr la obtención de pensiones y liquidaciones en el ámbito laboral, ayudando con esto a que los beneficiarios cuenten con recursos económicos para cubrir sus necesidades más indispensables. Por otra parte, a través de pláticas con los familiares de los adultos mayores, se les concientiza sobre la reintegración de los beneficiarios al núcleo familiar.
Adicionalmente, el DIF Nacional suscribe convenios de colaboración con asociaciones civiles de asistencia social y privada, nacionales e internacionales, que tienen por finalidad conjuntar esfuerzos para servir mejor a quienes más lo necesitan, que enfrentan situaciones de maltrato, orfandad o discapacidad; proporcionándoles atención con calidad y calidez, en un medio favorable para su desarrollo integral, garantizando su seguridad física y jurídica.
Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
Las acciones para la prevención de riesgos en la Infancia y Adolescencia, se realiza en apego a los lineamientos y normatividad en la que se sustenta el quehacer de los Sistemas Estatales y Municipales DIF.
Por lo que se refiere a la atención a las niñas, niños y jóvenes en situación de calle, las acciones se desarrollan a través de dos ámbitos: de atención, en la que se trabajará de manera conjunta con Organismos de la Sociedad Civil, y en materia de prevención, en las que se articulan una serie de acciones que se orientan a evitar su incorporación a este grupo, las cuales incluyen acciones para la prevención de adicciones, conductas antisociales, fomento a la permanencia en la escuela, a la generación de oportunidades de educación, salud y recreación, entre otras.
Para el otorgamiento de apoyos directos, orientados a promover la estancia escolar de niñas, niños y adolescentes, los Sistemas Estatales promueven a través de los Sistemas Municipales la convocatoria a presentar propuestas de beneficiarios (niñas, niños o adolescentes, que cubran los requisitos establecidos en escuelas ubicadas en zonas de población vulnerable), a partir de lo cual se inicia un proceso de selección, haciendo del conocimiento de los menores y sus familias las condiciones, requisitos, derechos y obligaciones.
La atención de madres adolescentes, se realiza a través de dos vertientes; en la vertiente de atención se realiza la difusión y promoción mediante encuentros, seminarios y materiales impresos como trípticos, folletos, boletines y carteles, dirigidos a la población objetivo y comunidades, que acuden voluntariamente a los Sistemas Estatales o Municipales DIF, para participar en el taller de salud sexual y reproductiva, el cual consiste en 19 sesiones que contemplan diversas temáticas, así como un paquete de servicios integrales (atención psicológica, médica, actividades recreativas, culturales, etc.). En la vertiente de prevención, la mecánica de operación se basa en establecer coordinación con la Secretaría de Educación Pública, para implementar los servicios antes mencionados a los menores que están estudiando.
Las acciones que se desarrollan para promover la atención de hijos de madres trabajadoras en Centros de Asistencia Infantil Comunitaria, consideran el trabajo conjunto de las familias y la comunidad, toda vez que la comunidad aporta los espacios físicos y el personal del Sistema DIF les proporciona la orientación y formación necesaria, que permita brindar una atención de calidad a las niñas y los niños, complementando las acciones de educación, con servicios de salud y alimentación, entre otros.
El presupuesto asignado para el Programa de Atención a Población en Desamparo, es de 474.7 millones de pesos, cuyo monto se utilizará para la operación de las tres vertientes del programa, a través de 8 Centros Asistenciales, 7 Campamentos Recreativos y una Red Móvil que opera en 31 entidades federativas, cabe señalar que con base en el artículo 58 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación 2002, los recursos no ejercidos en este Programa al cierre del ejercicio, serán reintegrados a la Tesorería de la Federación.
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
En lo que se refiere a los Centros Asistenciales, cada uno cuenta con un padrón que muestra los datos de las personas albergadas y con expedientes individuales actualizados, que contienen los datos generales de los beneficiarios.
Dichos expedientes permiten dar un seguimiento, conocer la situación y evolución de cada uno de los beneficiarios, aportando información sobre sus características específicas; los expedientes contienen las altas y bajas que se presentan en el transcurso del tiempo: las altas se registran en el momento en que ingresa un beneficiario; por su parte, las bajas se determinan por la llegada a la edad límite de estadía, la adopción, la reintegración al núcleo familiar, por retiro, baja voluntaria o defunción.
Asimismo, se genera el Informe Diario de Población, que especifica el estado de salud de las personas que se encuentran albergadas dentro y fuera de cada centro, sistematizándose la información al final de cada mes.
Los instrumentos y mecanismos que comprueban la asistencia de los beneficiarios, son los expedientes únicos que se encuentran en los Centros Asistenciales; además, se cuenta con listas de control con las cuales, en los cambios de turno y de personal se hace una revisión diaria de permanencia y evaluación de la situación de los mismos.
En cuanto a los apoyos económicos y en especie, se cuenta con registros, ficheros, libretas de control y expedientes individuales de cada uno de los casos atendidos, así como expedientes de las Instituciones con convenio y de la población que se ha derivado a las mismas.
Adicionalmente, existe un fichero de población atendida a partir de 1998, así como expedientes y libretas que datan de 1995, a los que se recurre ante cada petición presentada para conocer si existen antecedentes del caso y se actualizan con estudios sociales recientes; su frecuencia de actualización es variable, conforme a las necesidades institucionales.
Por otra parte, personal de la institución lleva a cabo visitas de supervisión, asesoría técnica y seguimiento de las acciones realizadas en los Centros Asistenciales, Campamentos Recreativos, Instituciones de Asistencia Privada con las que se tiene convenio, a fin de vigilar el cumplimiento de la operatividad y la calidad de atención proporcionada.
Para dar seguimiento al programa de visitas a campamentos, diariamente se realizan enlaces telefónicos con los DIF Estatales o con las instituciones solicitantes, para la confirmación, modificaciones o cancelación de las visitas; esta información es notificada oportunamente a los coordinadores de los centros y, en caso de cancelación, se promueve ese periodo a otro grupo solicitante, adicionalmente se realiza un monitoreo telefónico a fin de conocer la situación de los grupos hospedados.
En lo que respecta a las acciones encaminadas en favor de la alimentación, se realizan acciones para el aseguramiento de la calidad, mediante las cuales se tiene especial vigilancia en la calidad de los alimentos, de la selección al consumo, para lo cual se deberán de realizar análisis fisicoquímicos, microbiológicos y de características sensoriales de los alimentos que integran el desayuno escolar, así como de los comestibles que conforman las despensas, a fin de verificar que cumplan con las especificaciones técnicas requeridas.
De igual manera se deberán realizar especificaciones técnicas por cada uno de los alimentos, las cuales serán de observancia obligatoria en los procesos de licitación que se desarrollen para la adquisición de los alimentos por parte de los Sistemas Estatales, especificaciones que utilizan las Normas Oficiales Mexicanas y criterios de fuentes bibliográficas reconocidas.
Orientación Jurídica y Social
Las acciones para evaluar el programa en esta vertiente, están orientadas a garantizar la eficiente operación y el logro de sus resultados, las cuales se realizan a través de un proceso permanente, mediante el registro de actividades que se presenta trimestralmente ante la H. Junta de Gobierno.
Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
Las acciones para evaluar el Programa en esta vertiente, están orientadas a garantizar la eficiente operación y el logro de sus resultados, las cuales se realizan a través de un proceso permanente, mediante el registro de actividades que se presenta trimestralmente ante la H. Junta de Gobierno.
La evaluación se realizará por las instancias externas que se definan en su momento, de acuerdo a lo establecido en el artículo 63 fracción V inciso B del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2002.
Para encausar la operación y medir el impacto del Programa de Atención a Población en Desamparo, se aplican criterios de seguimiento a través de indicadores de resultados, cuyas variables dan cuenta del impacto de las acciones y posibilitan la corrección de las mismas. Esto se efectúa mediante los siguientes indicadores: para lo cual personal del DIF Nacional lleva a cabo visitas de supervisión, asesoría técnica y seguimiento de las acciones realizadas en los Sistemas Estatales y Municipales, así como en los Centros Asistenciales.
Atención a Familias en Comunidades y Personas en Desamparo
Indicador/Fórmula |
Periodicidad |
Porcentaje de Reintegraciones Familiares y Sociales de Personas Desamparadas Albergadas en Unidades Asistenciales No. de Personas Reintegradas a un Núcleo Familiar (de origen o sustituto) y
al Medio Social Externo X 100 |
Mensual |
Indice de Atención integral en Unidades Asistenciales No. de servicios de atención a población albergada X 100 No de beneficiarios atendidos |
Trimestral |
Indice de personas con apoyos o servicios otorgados No. de personas beneficiadas con apoyos o servicios X 100 No. de solicitantes |
Trimestral |
Indice de Proyectos productivos instrumentados No. de Proyectos productivos instrumentados X 100 No. de Proyectos productivos programados |
Semestral
|
Orientación Jurídica y Social
Indice de Convenios Celebrados en Relación a la Asesoría Jurídica No. de Juicios y Convenios Celebrados X 100 Total de Consultas Jurídicas de primera vez |
Mensual
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Indice de Menores Jurídicamente regularizados en Relación al No. de Menores Institucionalizados sin Regularizar No. de menores jurídicamente regularizados X 100 No. de Menores Institucionalizados sin Regularizar |
Mensual |
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Indice de Pláticas de Prevención de la Violencia Intrafamiliar en Relación a las Visitas Promocionales No. de Pláticas de Prevención de la Violencia Intrafamiliar X 100 No. de Visitas de Promoción |
Mensual |
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Prevención de Riesgos en la Infancia y Adolescencia
Indice de cobertura de atención a “menores en situación de calle” No. de niñas, niños
y jóvenes incorporados al “programa de la No. total de niñas, niños y jóvenes identificados en situación de calle |
Semestral |
Indice de cobertura para la Prevención, Atención y Erradicación de la Explotación Sexual Comercial Infantil No. de ciudades en
las que se promueve el Plan de Acción para prevenir y No. de ciudades seleccionadas con problemática identificada de explotación sexual comercial infantil |
Semestral |
Indicador/Fórmula |
Periodicidad |
Indice de reintegración de menores migrantes y repatriados No. de menores migrantes y/o repatriados reintegrados a su familia con recursos del DIF Nacional X 100 No. de menores migrantes y/o repatriados foráneos atendidos en
los albergues |
Trimestral |
Indice de eficiencia terminal en becas escolares No. de menores becados que aprobaron el ciclo escolar X 100 No. de menores beneficiados con becas de DIF Nacional |
Anual |
10. Seguimiento, control y auditoría
Considerando que los recursos que la Federación otorga a las entidades federativas, a través de este Programa, no pierden su carácter federal al ser entregados a las mismas y, por lo tanto, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables, serán auditados por la SECODAM, a través de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, de los Organos Internos de Control en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y, en su caso, por la Unidad de Auditoría Gubernamental de la SECODAM y Auditores Independientes, en coordinación con los Organos Estatales de Control en cumplimiento a los Acuerdos de Control que al respecto suscriben el titular de la SECODAM con los Ejecutivos Estatales. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público en lo que se refiera a lo Programático-Presupuestal; Auditoría Superior de la Federación, y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes para ello.
Con el propósito de transparentar, ante la comunidad en general, el manejo de los recursos públicos que se canalizan a estos programas, se realizan acciones de control basadas en la revisión del flujo financiero de los recursos autorizados, ministrados, liberados y ejercidos, así como su comprobación y la inspección física de los proyectos de inversión realizados.
10.3. Resultados y Seguimiento
Como resultado de las acciones de control que se lleven a cabo, la instancia de control que las realice mantendrá un control interno que permita emitir informes de las revisiones efectuadas y de las metas logradas en el programa, así como dar seguimiento adecuado de las anomalías detectadas hasta su total solventación. La inobservancia de esta disposición, limitará la ministración de recursos federales en el siguiente ejercicio presupuestal.
11.1. Mecanismo, Instancias y Canales
En cada instancia de atención del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, se encuentran dispuestos buzones para depositar sugerencias, quejas y/o denuncias relacionadas con la prestación de los servicios o con la atención de los servidores públicos, por lo que toda persona de la sociedad puede manifestar sus inquietudes y/o inconformidades por escrito con la seguridad de que serán atendidos por el órgano de control interno.
Queda a decisión del usuario elegir la vía que considere más adecuada e idónea para manifestar su desacuerdo, pudiendo acudir personalmente al Organo de Control Interno del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, ubicado en la Ciudad de México, D.F., calle Xochicalco número 947 planta baja, colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, teléfono 56-01-22-22, extensiones 1280 y 2521; correo electrónico oci@dif.gob.mx o bien al Organo Estatal de Control, perteneciente al DIF Estatal que corresponda.
Atentamente
México, D.F., a 11 de marzo de 2002.- El Oficial Mayor del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Adán Larracilla Márquez.- Rúbrica.