SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
Al margen un sello con el Escudo
Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Educación Pública.- Subsecretaría de Educación Básica y Normal.- Dirección General de Investigación Educativa.
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA
EDUCACION PRIMARIA
PARA NIÑAS Y NIÑOS MIGRANTES
CONTENIDO
4.3. Características de los apoyos
4.4.1.1. Elegibilidad (Requisitos y restricciones)
4.4.2. Derechos y obligaciones
5.1. Coordinación institucional
5.1.3. Instancias de control y vigilancia
6.3.2. Acta de entrega-recepción
7. Informes programático-presupuestarios
7.1. Avances físico-financieros
10. Seguimiento, control y auditoría
10.2. Resultados y seguimiento
11.1. Mecanismos, instancias y canales
Base legal
Conforme en lo dispuesto en el
artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
los artículos 8, 12, 14, 22, 32, 33 y 38 de la Ley General de Educación; el
Programa Nacional de Educación 2001-2006, en su capítulo de equidad y justicia
educativa; los artículos 54 y 55 del Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003; los artículos 7
y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental; el Acuerdo por el que se expiden los Criterios Generales para
Modificaciones a las Reglas de Operación de los Programas Gubernamentales
ya existentes y para la elaboración de las Reglas de Operación para el Ejercicio
Fiscal 2002, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16
de enero de 2002.
En tal virtud, y para dar cumplimiento a lo anterior, se tiene a bien expedir las siguientes
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA
EDUCACION PRIMARIA
PARA NIÑAS Y NIÑOS MIGRANTES
El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 y el Programa Nacional de Educación 2001-2006 (PRONAE), establecen como objetivo estratégico alcanzar la justicia y la equidad educativa, entendida como la igualdad de oportunidades para el acceso, la permanencia y el logro educativos, lo cual exige programas específicos para la atención de la diversidad en el aula.
El PRONAE destaca que los esfuerzos educativos se dirigirán de manera prioritaria a los sectores que acumulan el mayor porcentaje de rezago educativo, entre estos grupos se encuentran los hijos de los jornaleros agrícolas migrantes; de allí que se proponga “promover formas y modelos flexibles de atención que permitan garantizar una cobertura universal de los servicios de educación básica”.
Una de las metas del PRONAE en la presente administración, es diseñar una propuesta de educación básica para la población infantil migrante, mediante la cual se espera brindar educación primaria a todas las niñas y los niños hijos de jornaleros agrícolas migrantes.
Para lograr esta meta, la Subsecretaría de Educación Básica y Normal (SEBYN), a través de la Dirección General de Investigación Educativa, desarrolla actualmente el Programa Educación Primaria para Niñas y Niños Migrantes (PRONIM), que responde a las necesidades y condiciones de vida de este sector de la población.
El PRONIM busca asegurar una educación básica con equidad en la cobertura y en la calidad del servicio, en circunstancias de permanente tránsito de las familias de campesinos indígenas, desde sus comunidades de origen a los mercados de trabajo rural en periodos distintos al calendario escolar nacional, esta situación enfrenta a los menores en edad escolar a serias dificultades para acceder y permanecer en los servicios educativos de preescolar y primaria.
Actualmente el Sistema Educativo Nacional afronta distintos obstáculos para ampliar y mejorar la oferta educativa dirigida a las familias de jornaleros agrícolas migrantes, entre los que destacan: la carencia o precariedad de aulas para la enseñanza; la constante movilidad de la población determinada por los periodos de siembra y cosecha, la demanda del mercado, la caída de los precios y las condiciones climáticas; la dificultad para determinar el número de unidades familiares que migran y sus periodos de permanencia en cada lugar; su diversidad étnica y lingüística que se manifiesta más ampliamente en las zonas de atracción y, especialmente, la incorporación de las niñas y los niños desde muy temprana edad al trabajo agrícola asalariado.
Por todas estas razones, las aulas donde se atienden a los hijos de las familias jornaleras migrantes, deben ser espacios móviles en el que se asegure la operación de un servicio educativo de calidad, basado en el desarrollo de contenidos curriculares básicos adaptados a las características y necesidades de la población infantil migrante, el ajuste de los ciclos y periodos escolares a los tiempos de permanencia en los lugares de origen o de atracción y, la adaptación de los sistemas de evaluación y acreditación para asegurar la permanencia y continuidad de los alumnos en cualquier modalidad del Sistema Educativo Nacional.
La migración interna y temporal
no es un fenómeno reciente en nuestro país, por lo que se han puesto en marcha un conjunto
de iniciativas y programas gubernamentales en las últimas décadas, con el
propósito
de dar respuesta a la problemática de la población jornalera migrante. En
el ámbito educativo, la Secretaría de Educación Pública (SEP) comenzó en 1980
la operación del Programa Educación Primaria para Niños Migrantes en el marco
del programa Educación Primaria para Todos los Niños. Más tarde, en 1993,
se integró la Comisión Central de Coordinación Interinstitucional para la
Atención Educativa a la Población Jornalera Agrícola Migrante, con la participación
de la SEP, el Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), el Instituto
Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) y el Programa Nacional con
Jornaleros Agrícolas (PRONJAG) de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL).
A finales de los años noventa,
se reforzaron las acciones para la atención educativa de esta población.
El Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000 estableció estrategias y acciones
específicas para mejorar la atención en educación primaria de las niñas y
los niños jornaleros migrantes. Como parte de estas acciones, en 1997 la Secretaría
de Educación Pública puso en marcha el Proyecto de Atención Educativa a la
Población Jornalera Migrante, el cual es el antecedente inmediato del actual
Programa Educación Primaria para Niñas y Niños Migrantes, que desarrolla la
Subsecretaría de Educación Básica y Normal, a través de la Dirección General
de Investigación Educativa en 14 entidades del país.
El PRONIM ha avanzado en la definición de los fundamentos de la propuesta curricular de la educación primaria para población infantil migrante, así como en la estrategia para la formación docente. Estas acciones se han llevado a cabo con la participación del personal que coordina el PRONIM en las Secretarías e Institutos de Educación Pública de los estados: Baja California, Baja California Sur, Durango, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora y Veracruz. Asimismo se han impulsado acciones de coordinación para la incorporación del Estado de Colima al PRONIM en el presente año.
A veinte años de los primeros esfuerzos de las secretarías e institutos de educación estatales, por dar educación primaria a los hijos de los jornaleros migrantes, aún persisten los problemas relacionados con el acceso y permanencia en el servicio educativo. La reprobación y la deserción escolar son las manifestaciones más frecuentes a las que se enfrenta la población infantil migrante: 1 de cada 4 menores en el rango de edad 5-14 años, nunca ha asistido a la escuela, y 1 de 4 la abandona para incorporarse al trabajo (PRONJAG: Programa Intersectorial de Atención a Jornaleros Agrícolas, 2001).
Cifras del último censo de población y vivienda revelan que 2,147,000 niños entre 5 y 14 años de edad no asisten a la escuela, de éstos, alrededor de un millón, en el rango 6-14 años son indígenas, hijos de jornaleros migrantes, de comunidades dispersas, discapacitados, o bien, se encuentran en situación de calle. Durante 2000-2001, la Secretaría de Educación Pública (SEP) y el CONAFE atendieron cerca de 30 mil alumnos migrantes, lo que equivale a 8.1% de la demanda total que se calcula en alrededor de 370 mil menores en el rango de 6 a 14 años -este dato revela que los hijos de los jornaleros agrícolas migrantes constituyen la tercera parte de la población más vulnerable en nuestro país-.
En el periodo comprendido entre mayo de 2001 a mayo de 2002, en los catorce estados participantes del PRONIM se atendieron a 16,175 alumnos de primero a sexto grados, con la intervención de 67 asesores y 806 docentes en 459 centros escolares localizados en campamentos agrícolas y en comunidades de origen.
Los resultados de la evaluación externa al PRONIM, en el ejercicio fiscal 2002, revelan la pertinencia de su operación en el contexto del rezago educativo nacional, más aún si se toma en cuenta que en las dos últimas décadas, la diversificación de los mercados de trabajo rurales incrementa aún más los flujos migratorios provenientes de regiones que presentan un alto índice de marginalidad.
3.1. Objetivo general
Experimentar la propuesta curricular para la población infantil migrante
que cursa el primer ciclo de
la educación primaria, así como fortalecer los procesos educativos relacionados
con la formación docente y la continuidad escolar de los alumnos, que las
secretarías e institutos de educación estatales han emprendido.
3.2. Objetivos específicos
Organizar los contenidos curriculares de la educación primaria general de acuerdo a los tiempos y condiciones de vida de la población infantil migrante.
Consolidar los avances de la propuesta curricular del PRONIM para el primer ciclo de la educación primaria.
Diseñar materiales de apoyo para la enseñanza y el aprendizaje adecuados a las características socioculturales y condiciones de vida de las niñas y los niños migrantes.
Capacitar a asesores técnico-pedagógicos y al personal docente para que desarrollen la propuesta educativa dirigida a las niñas y los niños migrantes de 15 entidades del país.
Fortalecer el equipamiento material y didáctico de las aulas.
Coordinar con las entidades federativas expulsoras y receptoras de población infantil migrante, la evaluación y seguimiento de las acciones del PRONIM.
Los recursos del PRONIM son adicionales y complementarios al presupuesto asignado a los programas estatales vigentes para la atención educativa de la población infantil migrante; en ningún caso sustituirán los recursos regulares destinados a estos fines.
El uso de los recursos se sujetará a las disposiciones legales relativas al ejercicio del gasto público aprobadas por las contralorías federal o estatales, o bien los órganos de supervisión y vigilancia con jurisdicción en la materia.
A partir del año 2003 el PRONIM tendrá cobertura en 15 entidades federativas del país con una gran cantidad de familias agrícolas migrantes: Baja California, Baja California Sur, Colima, Durango, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Oaxaca, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora y Veracruz.
Con los recursos asignados para el año 2003, el PRONIM brindará atención educativa a alumnos hijos de jornaleros agrícolas migrantes en los centros escolares ubicados en campamentos agrícolas y en comunidades de origen en los 15 estados en donde el Programa está presente.
4.3. Características de los apoyos
El desarrollo del Programa en las entidades será apoyado técnica y financieramente bajo el siguiente esquema:
4.3.1. Tipo de apoyo
Técnico: Asesoría técnico-pedagógica a los equipos técnicos estatales y capacitación al personal docente para el uso y aprovechamiento de materiales educativos.
Económico: El Gobierno Federal a través de la Secretaría de Educación Pública aportará $8’452,400.00 (ocho millones cuatrocientos cincuenta y dos mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) del presupuesto asignado a la Dirección General de Investigación Educativa que serán empleados única y exclusivamente para el desarrollo del PRONIM.
La asignación de los recursos a los estados participantes del PRONIM se proporcionará de manera diferenciada y se basará en las necesidades particulares de cada Estado, tomando en cuenta su cobertura educativa y sus condiciones materiales para ofrecer el servicio.
Los recursos económicos se otorgarán en una sola ministración a los estados que participen en el PRONIM, mismos que serán empleados en los siguientes rubros:
a) Realización de reuniones de capacitación y seguimiento técnico y docente del programa.
b) Viáticos y pasajes de los integrantes del programa.
c) Reproducción de materiales para la enseñanza y el aprendizaje.
d) Adquisición de equipo y de materiales didácticos.
e) Adquisición de aulas móviles.
4.3.2. Monto del apoyo
Para dar cumplimiento a la política y programas educativos del PRONAE
en la materia, durante
el año 2003 se distribuirán recursos financieros a las entidades federativas
a través del PRONIM de la
forma siguiente:
ENTIDAD FEDERATIVA |
RECURSOS |
Baja California |
$ 500,000.00 |
Baja California Sur |
$ 550,000.00 |
Colima |
$ 200,000.00 |
Durango |
$ 400,000.00 |
Hidalgo |
$ 452,400.00 |
Jalisco |
$ 800,000.00 |
Morelos |
$ 300,000.00 |
Nayarit |
$ 650,000.00 |
Nuevo León |
$ 100,000.00 |
Puebla |
$ 700,000.00 |
Oaxaca |
$ 800,000.00 |
San Luis Potosí |
$ 400,000.00 |
Sinaloa |
$ 1’000,000.00 |
Sonora |
$ 800,000.00 |
Veracruz |
$ 800,000.00 |
TOTAL |
$8’452,400.00 |
Con los recursos asignados para el año 2003, el PRONIM brindará atención educativa a los alumnos hijos de jornaleros agrícolas migrantes, quienes forman parte de los grupos de población vulnerable que el PRONAE establece atender prioritariamente.
4.4.1. Criterios de selección
Podrán participar las entidades que, de acuerdo con los datos del PRONIM, del PRONJAG-SEDESOL, y del XII Censo General de Población y Vivienda 2000, concentran un gran número de familias migrantes, tanto en zonas de origen como en zonas de atracción, a saber:
Estado |
Población jornalera |
Número de niños atendidos (1) |
Número de docentes |
Número de centros escolares |
Asesores |
Baja California |
28,906 |
1,349 |
40 |
20 |
2 |
Baja California Sur |
6,760 |
1,380 |
35 |
13 |
4 |
Colima |
13,890 |
100 |
3 |
3 |
1 |
Durango |
13,630 |
146 |
12 |
7 |
2 |
Hidalgo |
68,733 |
157 |
10 |
5 |
5 |
Jalisco |
56,212 |
1,302 |
50 |
21 |
6 |
Morelos |
32,813 |
327 |
25 |
5 |
5 |
Nayarit |
39,054 |
716 |
27 |
27 |
7 |
Nuevo León |
11,529 |
840 |
194 |
110 |
5 |
Oaxaca |
83,353 |
1,485 |
53 |
38 |
5 |
Puebla |
171,531 |
1,076 |
102 |
59 |
5 |
San Luis Potosí |
60,144 |
122 |
10 |
5 |
2 |
Sinaloa |
138,096 |
5,386 |
128 |
41 |
12 |
Sonora |
69,823 |
773 |
45 |
24 |
2 |
Veracruz |
333,482 |
1,016 |
72 |
81 |
8 |
TOTAL |
1,127,956 |
16,175 |
806 |
459 |
71 |
(1) En el periodo 2001-2002.
4.4.1.1. Elegibilidad (Requisitos y restricciones)
Podrán participar en el PRONIM las entidades indicadas en el cuadro anterior cuya autoridad educativa manifieste su disposición de asumir los siguientes compromisos:
a)
Nombrar un coordinador estatal, dedicado de tiempo completo y exclusivamente
al desarrollo
del PRONIM.
b) Integrar un equipo de asesores que realicen tareas técnicas y administrativas.
c) Asignar el personal docente necesario para atender a los alumnos migrantes en los centros escolares ubicados en campamentos o comunidades de origen.
d) Dar facilidades para que el personal técnico y docente asista a los cursos de capacitación del PRONIM.
4.4.1.2. Transparencia
Con objeto de garantizar el desarrollo del Programa y el uso transparente
y eficaz de los recursos, la Secretaría de Educación Pública podrá suspender
o cancelar el apoyo financiero y técnico cuando
las secretarías estatales de educación o autoridades educativas locales incumplan
las cláusulas establecidas en un convenio de coordinación, como se establece
en los puntos 4.4.2. y 4.4.3.
La autoridad educativa correspondiente de los estados participantes abrirá una cuenta bancaria exclusiva para los recursos del PRONIM. Dicha cuenta será supervisada por el área de recursos financieros de la Secretaría Estatal de Educación y por la Dirección General de Investigación Educativa de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal.
Los recursos ministrados para la operación del PRONIM no podrán ser destinados al pago de estímulos o sobresueldos a los integrantes de los equipos locales o de los docentes que se encuentren contratados por la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Educación Estatal, o su equivalente.
El uso de los recursos económicos se sujetará a las disposiciones legales relativas al ejercicio del gasto público aprobadas por las contralorías estatales y federal, o bien a los órganos de supervisión y vigilancia con jurisdicción en la materia; además de sujetarse a lo establecido en el apartado Tipo de apoyo, numeral 4.3.1 de estas Reglas de Operación.
Los recursos asignados para la operación del Programa, no pierden su carácter federal por lo que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán actividades de fiscalización y auditoría.
Los recursos asignados a este Programa que no se destinen a los fines autorizados por el mismo y aquellos que al cierre del presente ejercicio no se hayan devengado, deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación, en cumplimiento de lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 51 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003.
4.4.2. Derechos y obligaciones
PARTICIPANTES |
DERECHOS Y OBLIGACIONES |
Secretaría de Educación Pública |
La Secretaría de Educación Pública, por conducto de la Dirección General de Investigación Educativa, se compromete a: 1. Elaborar y firmar un convenio de
coordinación con las secretarías estatales 2. Asignar los recursos a las entidades federativas con base en las Reglas de Operación. 3. Diseñar y desarrollar un programa de formación y capacitación dirigido a los equipos técnicos estatales que participan en el PRONIM. 4. Dar seguimiento y evaluar las acciones del PRONIM. 5. Proporcionar materiales de apoyo para la enseñanza a los estados participantes en el PRONIM. |
Autoridad educativa estatal |
1. Firmar un convenio de coordinación con la Secretaría de Educación Pública. 2. Integrar un equipo de asesores
dedicados al desarrollo del Programa, para que: a) capaciten
y apoyen técnicamente a los docentes que atienden a las niñas y niños
migrantes, b) den seguimiento a sus acciones en los campos
agrícolas 3. Proporcionar las condiciones materiales para que los integrantes del equipo estatal desarrollen sus funciones (oficina con mobiliario, línea telefónica, papelería, etc.). 4. Facilitar la labor de los integrantes del equipo estatal. 5. Revisar y aprobar, en su caso, el plan de trabajo elaborado por el equipo estatal. 6. Asegurar que el Programa cuente con el personal docente necesario que atienda a la población infantil migrante en las comunidades y campamentos. 7. Garantizar la disposición de espacios y mobiliario para la atención educativa de los alumnos migrantes. 8. Administrar los recursos destinados al desarrollo del Programa y rendir los informes técnicos y financieros de acuerdo a los periodos establecidos en el convenio de coordinación. 9. Respaldar institucionalmente las acciones del Programa. |
Representación de la Secretaría de Educación Pública en el Estado |
1. Facilitar la comunicación entre la Secretaría de Educación Pública y las secretarías estatales de educación. 2. Apoyar a la autoridad educativa estatal para el buen funcionamiento del Programa. 3. Vigilar que se cumplan las Reglas de Operación del Programa, así como el convenio firmado entre la autoridad educativa federal y estatal. |
Coordinación y equipo técnico estatal (asesores) |
1. Capacitar y asesorar al personal docente. 2. Organizar cursos y seminarios regionales con fines de capacitación y seguimiento. 3. Realizar visitas de apoyo y seguimiento a las aulas. 4. Elaborar y remitir informes tanto parciales como finales al equipo técnico federal y a las autoridades educativas de la entidad. 5. Presentar propuestas de acciones que, institucionalmente, favorezcan la atención educativa a la población migrante de la entidad. |
Educadores |
1. Participar en los cursos y seminarios regionales de capacitación y seguimiento. 2. Dar atención educativa a las niñas y niños hijos de jornaleros agrícolas migrantes. 3. Planear y desarrollar los procesos de enseñanza y de evaluación del aprendizaje. |
El apoyo financiero y técnico otorgado por la SEP podrá ser suspendido cuando la Secretaría de Educación Estatal, o su equivalente: a) destine los recursos a un fin distinto al establecido en el convenio de colaboración, b) no presente los informes técnicos o financieros, y c) opere unilateralmente el Programa o incumpla con las obligaciones establecidas en el convenio de colaboración.
5.1. Coordinación institucional
La cantidad total de recursos financieros del PRONIM es del presupuesto autorizado a la Dirección General de Investigación Educativa y se ministrarán a cada entidad federativa una vez que la SEP y la autoridad educativa local firmen el convenio de coordinación.
Las instancias ejecutoras del PRONIM serán la SEP, a través de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal, y las secretarías de educación de los estados, o su equivalente.
La Secretaría de Educación Pública por conducto de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal, a través de la Dirección General de Investigación Educativa será la instancia responsable de normar el desarrollo del PRONIM con base en las presentes Reglas de Operación.
5.1.3. Instancias de control y vigilancia
Las instancias responsables de control y vigilancia del desarrollo del PRONIM serán las representaciones de la SEP en las entidades federativas, la autoridad educativa estatal y la Dirección General de Investigación Educativa, a las cuales les competerá:
a) Controlar y vigilar que se cumplan puntualmente las presentes Reglas de Operación, así como las cláusulas del convenio de coordinación suscrito por ambas partes.
b) Supervisar que los recursos destinados al PRONIM sean utilizados estrictamente al cumplimiento de los objetivos de éste, asimismo, vigilar el estricto cumplimiento del artículo 54 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003.
c) Resolver bilateralmente todos los asuntos concernientes al PRONIM derivados del convenio de coordinación y de las presentes Reglas de Operación.
De acuerdo con lo estipulado en
los artículos 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso
a la Información Pública Gubernamental, estas Reglas de Operación estarán
disponibles en el sitio Web de la Secretaría de Educación Pública (http://www.sep.gob.mx),
de acuerdo con el artículo 55 fracción I del Decreto de Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, en toda la documentación deberá
incluirse la leyenda siguiente: “Este programa es de carácter público, no
es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso
de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos
a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa
deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante
la autoridad competente”.
La Subsecretaría de Educación Básica y Normal por conducto de la Dirección General de Investigación Educativa difundirán periódicamente entre la población en general, a través de la página electrónica www.sep.gob.mx, y otras disponibles, la información relativa al PRONIM.
6.2. Promoción
La autoridad educativa en cada uno de los estados listados en el punto 4.4.1., se obligan a promover el ingreso de las niñas y los niños migrantes al servicio educativo proporcionado por el PRONIM.
6.3. Ejecución
Los interesados y la población en general pueden recurrir a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo Federal, a las contralorías estatales o equivalentes, o a las representaciones de la SEP, a presentar sus quejas, denuncias o sugerencias respecto al Programa.
6.3.2. Acta de entrega-recepción
Una vez que la autoridad educativa
estatal haya aceptado participar en el PRONIM, la Secretaría de Educación
Pública por conducto de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal y la
Dirección General
de Investigación Educativa, firmarán un convenio de coordinación con el titular
de la Secretaría de Educación Estatal u organismo equivalente, de conformidad
con lo dispuesto por los artículos 6 fracción XI y 7
fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública,
en el cual se establecerán los compromisos y responsabilidades adquiridas
por ambas partes para el desarrollo del Programa.
7. Informes programático-presupuestarios
De acuerdo al artículo 54 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, en su fracción IV inciso a), a través de la Coordinadora Sectorial de la SEP, se enviará a la Cámara de Diputados por conducto de las comisiones correspondientes, y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en estas Reglas de Operación. Dichos informes se deberán presentar a más tardar a los 15 días hábiles posteriores a la terminación de cada trimestre.
7.1. Avances físico-financieros
La SEP a través de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal establecerá un calendario para la entrega de informes técnicos y financieros, ya sea por trimestre o en cualquier momento del proceso; asimismo, establecerá los lineamientos para la entrega de los citados informes y para el informe final de desarrollo del PRONIM.
Las secretarías estatales de educación o, su equivalente, son responsables de solicitar a los encargados del PRONIM en la entidad los informes técnicos y financieros, por trimestre o en cualquier momento del proceso, y hacerlos llegar a la Dirección General de Investigación Educativa cuando ésta los requiera.
El ejercicio de los recursos ministrados a las entidades federativas abarcará el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2003.
La Dirección General de Investigación Educativa realizará un seguimiento puntual de las acciones del PRONIM y analizará los informes técnicos y financieros elaborados por los responsables en las entidades federativas a fin de comprobar el uso eficaz de los recursos y el logro de sus objetivos.
En cumplimiento con lo establecido en la fracción IV del artículo 54 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, la SEP designará a más tardar el 30 de abril a la institución académica y de investigación que evaluará este Programa, la cual deberá reunir los requisitos que para el efecto establezcan de manera conjunta el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
La evaluación de resultados del
PRONIM se realizará a más tardar el 15 de octubre para que los resultados
sean considerados en el proceso de análisis y aprobación del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el siguiente ejercicio fiscal. Dicha evaluación
se hará con cargo al presupuesto
de la Dirección General de Investigación Educativa autorizado para el año
2003, y la realizarán instituciones académicas y de investigación u organismos
especializados de carácter nacional e internacional, que cuenten con reconocimiento
y experiencia en la materia del Programa.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 54 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, a continuación se presentan los indicadores de resultados del Programa Educación Primaria para Niñas y Niños Migrantes. Dichos indicadores se han realizado estimando la población femenina beneficiada.
Organismos internacionales -la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Organización
de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)-,
así como
la Secretaría de Educación Pública, han aceptado como metodología la generación
de indicadores, con la finalidad de evaluar sistemas, políticas, programas
y proyectos educativos.
Para los efectos de este Programa concebimos al término indicador como una medición o estimación de una característica relativa a una determinada calidad, proceso, producto o impacto educativos, con la intención de aportar una información significativa y relevante sobre su estado o situación. Desde el punto de vista funcional, se trata de un índice estadístico, obtenido a partir de una serie de operaciones matemáticas a las que ha sido sometido un conjunto de datos, generalmente cuantitativos.
El sistema de indicadores que se propone para evaluar el PRONIM permitirá, al observar sus oscilaciones y por referencia con los objetivos generales, particulares y metas, interpretar ámbitos concretos de la realidad de la educación para niñas y niños migrantes y sus tendencias.
TIPO DE INDICADOR |
INDICADOR |
DESCRIPCION DEL INDICADOR |
FORMULA DEL INDICADOR |
META (ANUAL) |
Cobertura |
Entidades con población infantil migrante |
Entidades atendidas por el PRONIM/Total de estados con población infantil migrante |
(15/22)x100 |
68% Atender a 15 entidades federativas con población infantil migrante |
Grupos escolares |
Número de grupos escolares atendidos por el PRONIM/Total de grupos escolares |
(342/459)x100 |
75% Proporcionar el servicio educativo y caracterizar la organización de centros escolares en 342 grupos escolares |
|
Niñas migrantes que reciben educación primaria |
Número de niñas migrantes atendidas por el PRONIM/Total de niñas migrantes que reciben educación primaria |
(8 500/30 000) |
28% Asegurar el acceso y permanencia en el servicio educativo
|
|
Niños migrantes que reciben educación primaria |
Número de niños migrantes atendidos por el PRONIM/Total de niños migrantes que reciben educación primaria |
(7 500/30 000) |
25% Asegurar el acceso y permanencia en el servicio educativo
|
|
Calidad |
Talleres regionales de capacitación |
Número de talleres estatales realizados/Total de talleres estatales programados |
(20/45)x100 |
44% Capacitar, mediante 20 talleres estatales, a docentes en el manejo de los materiales y metodología para la enseñanza y el aprendizaje |
Talleres nacionales de capacitación |
Número de talleres nacionales realizados/Total de talleres nacionales programados |
(1/2)x100 |
50% Fortalecer, mediante el desarrollo de un taller de formación para los equipos de asesores del PRONIM |
|
Producto |
Aulas equipadas |
Número de aulas equipadas a través del PRONIM/Total de aulas |
(392/735)x100 |
53% Suministrar a 392 aulas los materiales básicos para la enseñanza y el aprendizaje |
10. Seguimiento, control y auditoría
La Subsecretaría de Educación Básica y Normal, a través de la Dirección General de Investigación Educativa, es la responsable de realizar el seguimiento y evaluación del PRONIM. De igual forma, las secretarías de educación estatales desarrollarán acciones de evaluación y seguimiento del desarrollo del Programa en la entidad.
La Ley General de Educación y
el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública establecen las
atribuciones de la Dirección General de Investigación Educativa, entre otras,
realizar investigaciones con el fin de proponer a las unidades administrativas
competentes de la Secretaría el establecimiento de medidas dirigidas a auxiliar
a aquellos grupos y regiones con mayor rezago educativo; realizar investigaciones
con objeto de describir las habilidades, destrezas, aptitudes y conocimientos
que el alumno de educación inicial, especial y básica debe reunir al término
de los programas de estudio; y aplicar, con carácter experimental, planes
y programas de estudio, contenidos y métodos educativos, materiales y auxiliares
didácticos, normas pedagógicas e instrumentos para la evaluación del aprendizaje
de la educación inicial, especial, básica
y normal.
10.2. Resultados y seguimiento
Los resultados obtenidos a partir de la puesta en marcha, seguimiento y evaluación del PRONIM, permitirán a la Dirección General de Investigación Educativa proponer a las unidades administrativas competentes de la Secretaría, el establecimiento de medidas para mejorar la calidad del servicio educativo prestado a las niñas y niños, hijos de jornaleros agrícolas migrantes.
Para denunciar cualquier irregularidad en el uso de los recursos o hacer sugerencias respecto de este Programa, los interesados podrán recurrir a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, a las contralorías estatales y a las representaciones de la Secretaría de Educación Pública en las entidades federativas.
11.1. Mecanismos, instancias y canales
Cualquier irregularidad, queja, denuncia o sugerencia puede ser presentada en los sitios Web de la Secretaría de Educación Pública (http://www.sep.gob.mx) o a los teléfonos de Telsep: 01(55) 5723-66-88 o 01-800-723-66-88 (lada sin costo).
Unica. Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Dado en la Ciudad de México, Distrito
Federal, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil tres.-
El Subsecretario de Educación Básica y Normal, Lorenzo Gómez-Morin Fuentes.-
Rúbrica.